III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-6353)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Vega Solar y Acequia Solar, de 50 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación, en Tórtola de Henares y Guadalajara (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 36084
de 220 kV y una longitud de 867,58 m que conecta con la línea de 220 kV Navajo-SE
Alcalá II tramitada en otro expediente, y con la que compartirá trazado a lo largo de
unos 33 km. El tramo compartido no es objeto de este proyecto y se desconoce su
configuración final; si finalmente fuera aéreo, la conexión deberá hacerse mediante un
paso aéreo-subterráneo, por motivos técnicos. Desde ese trazado compartido parte un
nuevo tramo de línea soterrada de 246 m y 220 kV hasta la SE El Encín; estas dos
últimas infraestructuras sí son objeto de este proyecto, junto con un nuevo tramo de línea
soterrada también de 220 kV y 193 m que llega hasta la SE Alcalá II. Todas las líneas
de 220 kV incluidas en el proyecto en evaluación, con excepción de la que conecta la SE
El Encín con la SE Alcalá II (REE), inicialmente se proyectaban en aéreo, aunque se
modificaron a soterrado como requerimiento de los organismos competentes en medio
ambiente tanto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como de la
Comunidad de Madrid.
Este proyecto se justifica en la necesidad de satisfacer parte de la demanda eléctrica
mediante la utilización racional y eficiente de un recurso energético renovable, en
sintonía con los objetivos y previsiones marcados en la normativa y planificación
energética.
El ámbito en torno a las PFV, SE Taracena y las líneas eléctricas que permiten la
conexión con la línea compartida de 220 kV Navajo–SE Alcalá II, engloba los municipios de
Tórtola de Henares y Guadalajara, situados en la provincia de Guadalajara de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha. Por otro lado, la SE El Encín e infraestructuras asociadas
se encuentran en el municipio de Alcalá de Henares en la Comunidad de Madrid. Las PFV
serán accesibles desde la carretera CM-1003 en su km 4.
2. Tramitación del procedimiento
A los efectos de lo previsto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental y en la legislación sectorial, el órgano sustantivo realiza los
siguientes anuncios para la información pública del proyecto: «Boletín Oficial del Estado»
(BOE) n.º 42, de 18 de febrero de 2022, «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara»
(BOPG) n.º 32, de 16 de febrero de 2022, y «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid»
(BOCM) n.º 52, de 2 de marzo de 2022. Además, se realiza la exposición en los tablones
de anuncios de los Ayuntamientos de Guadalajara, Tórtola de Henares y Alcalá
de Henares.
Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 21/2013 y en
la legislación sectorial, el órgano sustantivo da traslado de la información
correspondiente a las administraciones, organismos o empresas de servicio público o de
servicios de interés general, por resultar afectadas por el proyecto en cuanto a bienes y
derechos a su cargo, o por su competencia o interés a efectos del proceso de evaluación
ambiental. El resultado de la tramitación de la información pública y las consultas se
encuentra resumido en el anexo I de esta resolución.
Durante el periodo de información pública no se reciben alegaciones al proyecto. Con
fecha 11 de noviembre de 2022, de forma extemporánea, se recibe una alegación de la
plataforma Aliente Guadalajara que reclama sobre la problemática que supone
la proliferación de proyectos de renovables en La Campiña de Guadalajara para la
conservación de la biodiversidad que alberga la zona, y señala la necesidad de realizar
una evaluación de afecciones de este tipo de proyectos de forma sinérgica y
acumulativa. Estos aspectos se tienen en cuenta en la presente resolución.
Con fecha 18 de julio de 2022, tiene entrada en esta Dirección General el expediente
para el inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Con fecha 25 de
agosto de 2022, se realiza el requerimiento de subsanación formal del expediente al
órgano sustantivo, en virtud del artículo 40.1 de la Ley de evaluación ambiental, por falta
de informes preceptivos establecidos en el artículo 37.2 de la misma norma. También se
solicita un estudio de un ciclo anual completo pues en el presentado faltan datos de
dos meses.
cve: BOE-A-2023-6353
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 36084
de 220 kV y una longitud de 867,58 m que conecta con la línea de 220 kV Navajo-SE
Alcalá II tramitada en otro expediente, y con la que compartirá trazado a lo largo de
unos 33 km. El tramo compartido no es objeto de este proyecto y se desconoce su
configuración final; si finalmente fuera aéreo, la conexión deberá hacerse mediante un
paso aéreo-subterráneo, por motivos técnicos. Desde ese trazado compartido parte un
nuevo tramo de línea soterrada de 246 m y 220 kV hasta la SE El Encín; estas dos
últimas infraestructuras sí son objeto de este proyecto, junto con un nuevo tramo de línea
soterrada también de 220 kV y 193 m que llega hasta la SE Alcalá II. Todas las líneas
de 220 kV incluidas en el proyecto en evaluación, con excepción de la que conecta la SE
El Encín con la SE Alcalá II (REE), inicialmente se proyectaban en aéreo, aunque se
modificaron a soterrado como requerimiento de los organismos competentes en medio
ambiente tanto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como de la
Comunidad de Madrid.
Este proyecto se justifica en la necesidad de satisfacer parte de la demanda eléctrica
mediante la utilización racional y eficiente de un recurso energético renovable, en
sintonía con los objetivos y previsiones marcados en la normativa y planificación
energética.
El ámbito en torno a las PFV, SE Taracena y las líneas eléctricas que permiten la
conexión con la línea compartida de 220 kV Navajo–SE Alcalá II, engloba los municipios de
Tórtola de Henares y Guadalajara, situados en la provincia de Guadalajara de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha. Por otro lado, la SE El Encín e infraestructuras asociadas
se encuentran en el municipio de Alcalá de Henares en la Comunidad de Madrid. Las PFV
serán accesibles desde la carretera CM-1003 en su km 4.
2. Tramitación del procedimiento
A los efectos de lo previsto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental y en la legislación sectorial, el órgano sustantivo realiza los
siguientes anuncios para la información pública del proyecto: «Boletín Oficial del Estado»
(BOE) n.º 42, de 18 de febrero de 2022, «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara»
(BOPG) n.º 32, de 16 de febrero de 2022, y «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid»
(BOCM) n.º 52, de 2 de marzo de 2022. Además, se realiza la exposición en los tablones
de anuncios de los Ayuntamientos de Guadalajara, Tórtola de Henares y Alcalá
de Henares.
Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 21/2013 y en
la legislación sectorial, el órgano sustantivo da traslado de la información
correspondiente a las administraciones, organismos o empresas de servicio público o de
servicios de interés general, por resultar afectadas por el proyecto en cuanto a bienes y
derechos a su cargo, o por su competencia o interés a efectos del proceso de evaluación
ambiental. El resultado de la tramitación de la información pública y las consultas se
encuentra resumido en el anexo I de esta resolución.
Durante el periodo de información pública no se reciben alegaciones al proyecto. Con
fecha 11 de noviembre de 2022, de forma extemporánea, se recibe una alegación de la
plataforma Aliente Guadalajara que reclama sobre la problemática que supone
la proliferación de proyectos de renovables en La Campiña de Guadalajara para la
conservación de la biodiversidad que alberga la zona, y señala la necesidad de realizar
una evaluación de afecciones de este tipo de proyectos de forma sinérgica y
acumulativa. Estos aspectos se tienen en cuenta en la presente resolución.
Con fecha 18 de julio de 2022, tiene entrada en esta Dirección General el expediente
para el inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Con fecha 25 de
agosto de 2022, se realiza el requerimiento de subsanación formal del expediente al
órgano sustantivo, en virtud del artículo 40.1 de la Ley de evaluación ambiental, por falta
de informes preceptivos establecidos en el artículo 37.2 de la misma norma. También se
solicita un estudio de un ciclo anual completo pues en el presentado faltan datos de
dos meses.
cve: BOE-A-2023-6353
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 59