III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6347)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial y tablas salariales para los años 2022 y 2023 del Convenio colectivo de Entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la seguridad social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36049

ANEXO II
Tabla salarial inicial. Año 2023 (0,8%)
Grupos

Sueldo base

Niveles

Grupo I.

Grupo II.

Grupo III.
Grupo IV.

Mensual

Cómputo anual (x15)

Nivel 1.

2.458,17

36.872,55

Nivel 2.

2.079,18

31.187,70

Nivel 3.

1.771,89

26.578,35

Nivel 4.

1.515,88

22.738,20

Nivel 5.

1.321,22

19.818,30

Nivel 6.

1.147,11

17.206,65

Nivel 7.

1003,78

15.056,70

Nivel 8.

880,86

13.212,90

Nivel 9.

842,07

12.631,05

Tabla de complemento por experiencia. Año 2023
Grupos

Grupo II

Grupo III

Niveles

Importe anual*
(en 15 mensualidades)

Nivel 4

384,10

Nivel 5

291,91

Nivel 6

261,18

Nivel 7

215,13

Nivel 8

184,38

* Por el multiplicador correspondiente.

Conceptos económicos cuantificados en convenio:

Compensación de gastos por trabajo a distancia (artículo 25)

Año 2023

2,02

Plus de Inspección (artículo 39)
Fuera del lugar de residencia habitual.

2.020,77

En el lugar de residencia habitual.

1.010,36

Dietas y gastos de locomoción (artículo 46)
Dieta completa.

22,28

Kilómetro.

0,50
Ayuda económica para vivienda (artículo 48)

Poblaciones de hasta un millón de habitantes.

294,31

Poblaciones de más de un millón de habitantes.

392,37

Compensación por comida (artículo 47)

11,20

cve: BOE-A-2023-6347
Verificable en https://www.boe.es

Media dieta.

123,86