III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6345)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 35999

Incapacidad Temporal (IT) y Seguridad Social
A cargo de
Persona trabajadora

Empresario

Porcentaje

INSS o Mutua

Entre el 1.º y el 3.º día
Enfermedad común

0 Euros
Entre el 4.º y el 15.ª día

60% Base reguladora
Entre el 16.º y el 20.º día 60% Base reguladora
A partir del 21.º día

75% Base reguladora

Enfermedad profesional o accidente.

Día el día de la baja

Día siguiente baja

100% Salario real

IT con hospitalización de las enfermedades
referenciadas.

Entre el 1.º y el 15.º día

Entre el 1.º y el 15.º día

100% Base reguladora

Desde el día de la baja

100% Base reguladora

Maternidad.

Entre el 11.º y el 20.º día Entre el 11.º y el 20.º día 85% Base reguladora

Enfermedades referenciadas en convenio.

Entre 21.º y el 90.º día

100% Base reguladora

Enfermedades referenciadas en el convenio estatal de Estaciones de Servicio:
– Pancreatitis agudas y agudizaciones de las crónicas.
– Enfermedad inflamatoria intestinal. Enfermedad de Crohn o colitis ulcerosa.
– Hepatitis crónica activa.
– Cirrosis hepáticas en proceso de descompensación (revisar crónicas persistentes
y agudas tóxicas).
– Déficit funcional del esqueleto axial con necesidad de rehabilitación. Hernia de
disco.
– Fractura ósea.
– Insuficiencia renal aguda.
– Tuberculosis.
– Meningitis.
– Infarto agudo de miocardio.
– Angina de pecho -con más de un mes de evolución- en cambio.
– Accidente cerebro-vascular agudo recuperable.
– Insuficiencia respiratoria aguda.
Tabla de licencias retribuidas.
Licencia

Duración

Hasta 150 km

Más de 350
km

Más de 450
km

Acreditación

Libro de familia o certificado
oficial.

24 a)

Matrimonio.

15 días.

24 b)

Hospitalización 2.º grado afinidad y/o 3.º
4 días.
grado consanguinidad.

5 días

6 días

7 días

Justificante médico del
ingreso.

24 b)

Enfermedad grave 2.º grado afinidad y/o
4 días.
3.º grado consanguinidad.

5 días

6 días

7 días

Justificante médico.

24 b)

Fallecimiento 2.º grado afinidad y/o 3.º
grado consanguinidad.

4 días.

5 días

6 días

7 días

Documento que acredite el
hecho.

24 c)

Traslado domicilio habitual.

1 día.

Acreditación nuevo domicilio.

24 d)

Cumplimiento de deber inexcusable.

Tiempo indispensable.

Documento que acredite el
hecho.

cve: BOE-A-2023-6345
Verificable en https://www.boe.es

Artículo