III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6345)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35963
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6345
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de estaciones de
servicio.
Visto el texto del Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio (Código
número 99001995011981), que fue suscrito con fecha 22 de diciembre de 2022, de una
parte por las organizaciones empresariales CEEES-AGES y AEVECAR en
representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación Estatal de
CC.OO.–Industria y la Federación Estatal de UGT-FICA en representación de los
trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2
y 3 de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de
mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad.
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de febrero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Partes signatarias.
Artículo 2.
Ámbito territorial.
El presente convenio resultará de aplicación en todo el territorio del Estado español.
Artículo 3.
Ámbito funcional.
Es de aplicación este convenio a todas las empresas que desarrollen la actividad de
explotación de las instalaciones para suministros de carburantes y combustibles líquidos,
así como de cualquier otro tipo de suministro a vehículos, así como todas aquellas
cve: BOE-A-2023-6345
Verificable en https://www.boe.es
Son partes firmantes del presente Convenio Estatal de Estaciones de Servicio, de
una parte, como representación laboral, UGT-FICA y CC.OO. Industria y, de otra parte,
CEEES y AEVECAR, como representación empresarial.
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación y capacidad suficiente para
negociar el presente convenio, al que las partes le reconocen expresamente su carácter
de convenio estatutario, y eficacia general.
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35963
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6345
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de estaciones de
servicio.
Visto el texto del Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio (Código
número 99001995011981), que fue suscrito con fecha 22 de diciembre de 2022, de una
parte por las organizaciones empresariales CEEES-AGES y AEVECAR en
representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación Estatal de
CC.OO.–Industria y la Federación Estatal de UGT-FICA en representación de los
trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2
y 3 de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de
mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad.
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de febrero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Partes signatarias.
Artículo 2.
Ámbito territorial.
El presente convenio resultará de aplicación en todo el territorio del Estado español.
Artículo 3.
Ámbito funcional.
Es de aplicación este convenio a todas las empresas que desarrollen la actividad de
explotación de las instalaciones para suministros de carburantes y combustibles líquidos,
así como de cualquier otro tipo de suministro a vehículos, así como todas aquellas
cve: BOE-A-2023-6345
Verificable en https://www.boe.es
Son partes firmantes del presente Convenio Estatal de Estaciones de Servicio, de
una parte, como representación laboral, UGT-FICA y CC.OO. Industria y, de otra parte,
CEEES y AEVECAR, como representación empresarial.
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación y capacidad suficiente para
negociar el presente convenio, al que las partes le reconocen expresamente su carácter
de convenio estatutario, y eficacia general.