III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-6338)
Resolución de 2 de enero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con ADIF-Alta Velocidad y Zaragoza Alta Velocidad 2002, SA, para el traslado de las instalaciones y dependencias de la antigua estación de "El Portillo" a la estación de Delicias (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 35863

7. Concretar, en función del desarrollo temporal de la ejecución de las actuaciones
recogidas en el presente convenio, y para cada una de las partes, la distribución de las
anualidades previstas en el convenio, siempre que dicha distribución de anualidades no
suponga un incremento económico de los importes globales comprometidos en el
convenio, ni un incremento del plazo de su vigencia, en cuyo caso habrá que tramitar
una adenda modificativa del presente convenio.
Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento deberán adoptarse por unanimidad.
La Comisión de Seguimiento será presidida por el representante de Adif y su
Secretaría será ocupada por el Secretario del Consejo de la Sociedad, el Vicesecretario
o la persona en quien deleguen.
Las copias de las actas de las reuniones de la Comisión de Seguimiento, así como
los informes que se emitan en el desarrollo y ejecución de las funciones asignadas a la
misma, serán remitidas al Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad.
Los miembros de la Comisión de Seguimiento (o personas en que estos deleguen)
se reunirán con una periodicidad trimestral desde la constitución de la misma, cuando lo
solicite alguna de las partes o cuando lo requieran los asuntos a tratar.
A las reuniones de la Comisión de Seguimiento se podrán incorporar también, por
acuerdo de las partes y sin tener el carácter de integrantes o miembros de la misma,
aquellos técnicos cuya presencia se considere conveniente para el cumplimiento de las
funciones que tiene encomendadas y cuyo parecer se juzgue pertinente conocer.
La Comisión de Seguimiento deberá estar informada de la evolución de los trabajos,
así como de cualquier cambio técnico y/o económico relevante que se produzca durante
la ejecución de los mismos, que será expuesto en el seno de la misma.
El régimen de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o
legislación que en adelante le sustituya.
Confidencialidad y protección de datos personales.

Las partes deberán dar su autorización, con carácter previo, para la divulgación de
cualquier dato o información respecto a las actuaciones contempladas en este convenio,
así como su desarrollo, comprometiéndose ambas partes a adoptar todas las medidas
necesarias para asegurar el cumplimiento de esta obligación por sus respectivos
empleados y/o colaboradores.
Los datos personales tratados en el presente convenio serán tratados por cada una
de las partes conforme a las disposiciones del Reglamento General de Protección de
Datos (UE 679/2016) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de derechos digitales. Cada una de las partes será
responsable del tratamiento de los datos personales recabados de la otra parte,
figurando su identidad, datos de contacto y representante en el encabezamiento del
convenio. La finalidad del tratamiento es la gestión y ejecución del convenio
conservándose los datos durante la vigencia de este y el tiempo posterior que sea
legalmente necesario. Los datos podrán ser comunicados a Autoridades para cumplir
con las obligaciones legales derivadas del convenio.
Se informa a los interesados de su derecho a solicitar el acceso a sus datos,
rectificación, supresión, limitación o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la
portabilidad de los datos, cuando proceda, dirigiendo un escrito acompañando una
fotocopia del documento nacional de identidad u otro homólogo (NIE) con asunto
Protección de Datos a las siguientes direcciones:
Para Adif-Alta Velocidad, E.P.E. (CIF Q-2802152-E).
– Dirección postal: Avenida Pio XII, 97, Madrid (28036).
– Dirección de correo electrónico: dpd.adifav@adif.es.

cve: BOE-A-2023-6338
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.