III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-6342)
Resolución de 11 de enero de 2023, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con la Fundación para a Promoción Tecnolóxica e Industrial da Coruña e da súa Área de Influencia, para la implementación de una Oficina de Promoción Tecnológico-Industrial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35885
proyecto, deberán indicar claramente la participación de la Autoridad Portuaria en el
cofinanciamiento de las mismas.
La Fundación, llevará a cabo las siguientes actividades del proyecto, de conformidad
con la estimación presupuestaria contenida en el anexo I al presente convenio.
Cuarta.
Compromisos económicos.
Ejercicio presupuestario
Aportación económica
–
Euros
2022
37.000
2023
30.000
2024
30.000
2025
30.000
De la cantidad total a aportar durante el 2022: Treinta mil euros (30.000 €) se
aportarían para gastos de funcionamiento de la Oficina de Promoción TecnológicaIndustrial correspondientes a la presente anualidad y otros siete mil euros (7.000 €) para
gastos de constitución y puesta en marcha de la referida Oficina, con cargo al
presupuesto habilitado al efecto. En ningún caso los fondos aportados por la Autoridad
Portuaria tendrán la consideración de patrimonio de la Fundación, debiendo ser
destinados directamente a la consecución de los fines objeto del presente convenio. La
actividad objeto de este convenio se podrá financiar con otras cantidades que se puedan
conceder por otras entidades, así como con fondos propios y con ingresos derivados de
su actividad.
Para realizar el abono de las diferentes anualidades, la Fundación remitirá a la
Autoridad Portuaria documentación justificativa de las actividades del presente Convenio.
Se considera documentación justificativa del gasto, además del documento de cargo que
emita la Fundación, la certificación acreditativa del órgano competente de la Fundación
en que se especifique el alcance de las labores desarrolladas en el marco del Convenio.
Complementariamente, y para la justificación de los gastos en que se han incurrido, se
remitirán facturas, certificados emitidos por representante de la organización en los que
figuren los gastos imputables al convenio o documentos probatorios equivalentes.
La Autoridad Portuaria abonará en los términos que se estipulan en el artículo 21.3
de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el importe de la
aportación comprometida en la cláusula cuarta, en la cuenta bancaria titularidad de la
Fundación que se designe a estos efectos.
En caso de prórroga del convenio, la aportación económica se condiciona a la
existencia de crédito adecuado y suficiente.
La Fundación, por su parte, asume compromisos económicos relativos a los gastos
ordinarios de mantenimiento de la Oficina de Promoción Tecnológico-Industrial, que se
realizarán conforme lo previsto en el anexo I de este convenio.
Quinta.
Vigencia del convenio.
El presente convenio surtirá efectos una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y tendrá una duración de cuatro años contados
cve: BOE-A-2023-6342
Verificable en https://www.boe.es
La Autoridad Portuaria de A Coruña se compromete a la realización de la aportación
de 127.000 euros de acuerdo con el siguiente cuadro explicativo:
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35885
proyecto, deberán indicar claramente la participación de la Autoridad Portuaria en el
cofinanciamiento de las mismas.
La Fundación, llevará a cabo las siguientes actividades del proyecto, de conformidad
con la estimación presupuestaria contenida en el anexo I al presente convenio.
Cuarta.
Compromisos económicos.
Ejercicio presupuestario
Aportación económica
–
Euros
2022
37.000
2023
30.000
2024
30.000
2025
30.000
De la cantidad total a aportar durante el 2022: Treinta mil euros (30.000 €) se
aportarían para gastos de funcionamiento de la Oficina de Promoción TecnológicaIndustrial correspondientes a la presente anualidad y otros siete mil euros (7.000 €) para
gastos de constitución y puesta en marcha de la referida Oficina, con cargo al
presupuesto habilitado al efecto. En ningún caso los fondos aportados por la Autoridad
Portuaria tendrán la consideración de patrimonio de la Fundación, debiendo ser
destinados directamente a la consecución de los fines objeto del presente convenio. La
actividad objeto de este convenio se podrá financiar con otras cantidades que se puedan
conceder por otras entidades, así como con fondos propios y con ingresos derivados de
su actividad.
Para realizar el abono de las diferentes anualidades, la Fundación remitirá a la
Autoridad Portuaria documentación justificativa de las actividades del presente Convenio.
Se considera documentación justificativa del gasto, además del documento de cargo que
emita la Fundación, la certificación acreditativa del órgano competente de la Fundación
en que se especifique el alcance de las labores desarrolladas en el marco del Convenio.
Complementariamente, y para la justificación de los gastos en que se han incurrido, se
remitirán facturas, certificados emitidos por representante de la organización en los que
figuren los gastos imputables al convenio o documentos probatorios equivalentes.
La Autoridad Portuaria abonará en los términos que se estipulan en el artículo 21.3
de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el importe de la
aportación comprometida en la cláusula cuarta, en la cuenta bancaria titularidad de la
Fundación que se designe a estos efectos.
En caso de prórroga del convenio, la aportación económica se condiciona a la
existencia de crédito adecuado y suficiente.
La Fundación, por su parte, asume compromisos económicos relativos a los gastos
ordinarios de mantenimiento de la Oficina de Promoción Tecnológico-Industrial, que se
realizarán conforme lo previsto en el anexo I de este convenio.
Quinta.
Vigencia del convenio.
El presente convenio surtirá efectos una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y tendrá una duración de cuatro años contados
cve: BOE-A-2023-6342
Verificable en https://www.boe.es
La Autoridad Portuaria de A Coruña se compromete a la realización de la aportación
de 127.000 euros de acuerdo con el siguiente cuadro explicativo: