III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6357)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva línea de entrada y salida en la subestación de Fuente de Cantos 400 kV, de la línea Brovales-Guillena, en el Fuente de Cantos (Badajoz) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36129

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la nueva línea de entrada y salida en la subestación de
Fuente de Cantos 400 kV, de la línea Brovales-Guillena, en el Fuente de
Cantos (Badajoz) y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Red Eléctrica de España, S.A.U., en adelante Red Eléctrica, solicitó mediante escrito
firmado a 1 de agosto de 2022, autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la nueva
línea aérea de transporte de energía eléctrica de entrada y salida en la subestación de
Fuente de Cantos, de la línea aérea a 400 kV, doble circuito, Brovales-Guillena, en el
término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
Red Eléctrica suscribió, a través de la técnica competente, declaración responsable
de manera que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según
se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Extremadura y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura de
fecha 17 de agosto de 2022, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 202,
de 23 de agosto de 2022, así como publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz» núm. 163 de fecha 26 de agosto de 2022. Además, el Anuncio fue publicado
en el diario Hoy de Extremadura, el día 25 de agosto de 2022 y en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Fuente de Cantos. No se recibieron alegaciones de ningún tipo al
trámite de información pública.
La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de
Extremadura remitió informe, con fecha 10 de octubre de 2022, en el que no manifiesta
oposición. Trasladado este informe a Red Eléctrica, esta respondió manifestando su
conformidad.
Asimismo, como parte del procedimiento, Red Eléctrica aportó informe de 19 de
mayo de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual informa
favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma
apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones
significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas

cve: BOE-A-2023-6357
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