III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6359)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación Morella, en el parque de 400 kV, con una nueva posición, en Morella (Castellón).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36138

Se ha recibido informe de Servicio Territorial de Urbanismo de Castellón, el cual
indica que no tiene objeción alguna a la actuación solicitada, puesto que se ajusta a los
preceptos legales citados. Se da traslado a Red Eléctrica, la cual toma razón del mismo.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Morella en el que se opone al proyecto,
en base a consideraciones de carácter ambiental y de salud pública, centradas en la
subestación colectora Iglesuela, su línea de conexión y las instalaciones de generación
renovable que evacúan en la subestación Iglesuela, todas ellas de titularidad ajena a
Red Eléctrica y fuera del objeto del presente procedimiento. Red Eléctrica responde a las
alegaciones del Ayuntamiento, manifestando, en primer lugar, que su proyecto de
ampliación de la subestación de Morella se encuentra contemplado en la planificación de
la red de transporte, y que las instalaciones de titularidad de la empresa de generación
mencionadas en las alegaciones del Ayuntamiento, no forman parte del alcance del este
proyecto ni son titularidad de Red Eléctrica. Se traslada al Ayuntamiento el escrito de
respuesta de Red Eléctrica, sin obtener respuesta del mismo, por lo que se entiende la
conformidad en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.4 y 131.4 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 1 de junio de 2022, el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Castellón emitió informe en relación con la solicitud de autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto
presentado.
Esta ampliación de la subestación Morella 400 kV tiene la consideración de Red de
Partida de la Comunidad Valenciana y Murcia, de manera que se encuentra incluida en la
planificación vigente, recogida en el documento «Plan de Desarrollo de la Red de
Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por Acuerdo de Consejo de
Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado» núm. 93, de 19 de abril
de 2022).
Se otorgó a Red Eléctrica el trámite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
la propuesta de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la
que se otorga a Red Eléctrica de España, S.A.U. autorización administrativa previa y
autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación Morella,
en el parque de 400 kV, con una nueva posición, en el término municipal de Morella, en
la provincia de Castellón. Con fecha 20 de enero de 2023, Red Eléctrica respondió
manifestando su conformidad con el contenido de la propuesta.
Se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para informe, con fecha 18 de enero de 2023. Teniendo en cuenta lo
dispuesto por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, modificado en su
artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de
medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y
ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción
de la dependencia energética del gas natural, transcurrido el plazo de emisión de este
informe de 15 días hábiles sin haberse obtenido contestación y de conformidad con la
normativa anteriormente indicada, se considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,

cve: BOE-A-2023-6359
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Núm. 59