III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-6157)
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Manacor n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de modificación de elemento privativo de un edificio en régimen de división horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Miércoles 8 de marzo de 2023

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han accedido a la propiedad horizontal con posterioridad (cfr. Resoluciones de 16 de
mayo de 2002 y 18 de marzo de 2003, entre otras).
Debe tenerse en cuenta que, junto con los preceptos de la Ley sobre propiedad
horizontal, deben aplicarse los demás principios hipotecarios a las modificaciones del
título constitutivo o de sus estatutos, como son el de inoponibilidad del artículo 32 de la
Ley Hipotecaria (cfr., también el artículo 606 del Código Civil), con su lógico
complemento del principio de oponibilidad del artículo 13 y el de cierre registral del
artículo 17 de la Ley Hipotecaria.
Esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso y confirmar la calificación
impugnada.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2023-6157
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Madrid, 14 de febrero de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X