III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6046)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones de Ayuda Oficial al Desarrollo gestionadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, ejercicio 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33929
Subvenciones de ayuda oficial al desarrollo gestionadas por la AECID, 2016
21
La financiación de estas ayudas, en el ejercicio 2016, se realizó con cargo al crédito del concepto
presupuestario 484 “Para actividades de interés general consideradas de interés social reguladas
por el artículo 2 de Real Decreto Ley 7/2013, de 28 de junio” del programa 143A “Cooperación para
el desarrollo”; reconociéndose unas obligaciones por importe de 57.669.729 euros, que fueron
gestionadas por el Departamento de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo,
dependiente de la Dirección de Cooperación Multilateral, Horizontal y Financiera. De las 2 líneas de
ayudas convocadas en 2016, para Proyectos y Acciones, respectivamente, la de Acciones se
resolvió en el ejercicio 2017, no dando lugar a obligaciones reconocidas en el ejercicio fiscalizado.
El detalle de las obligaciones reconocidas por línea de subvenciones se recoge en el cuadro
siguiente.
CUADRO Nº 8
OBLIGACIONES RECONOCIDAS Y CONTENIDO DE LAS SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA
Ejercicio 2016
(euros)
Denominación
Proyectos de
Cooperación para
el Desarrollo
Acciones de
Cooperación para
el Desarrollo
Convenios con
ONGD 20142017
Convocatoria
Resolución de 13 de mayo de 2016, de la
Presidencia de la AECID, por la que se
convocan subvenciones a las ONGD
para la realización de proyectos de
cooperación para el desarrollo, incluidos
los de Educación para el Desarrollo en
España.
Resolución de 13 de mayo de 2016, de la
Presidencia de la AECID, por la que se
convocan subvenciones a Acciones de
Cooperación
para
el
Desarrollo
correspondientes al año 2016 para la
realización de proyectos de innovación
para el desarrollo y se aprueban sus
bases específicas
Resolución de 25 de octubre de 2013, de
la Presidencia de la AECID, por la que se
convocan
subvenciones
a
las
organizaciones no gubernamentales de
desarrollo para la realización de
convenios de cooperación al desarrollo
Obligaciones
reconocidas
Contenido
Finalidad: La consecución de objetivos específicos de desarrollo, en un
único país y en áreas o sectores priorizados.
17.669.729
Duración máxima: Dos años, prorrogable por un periodo no superior a la
mitad del plazo inicial.
Importe máximo: 900.000 euros.
Adjudicatarios: ONGD acreditadas por la AECID.
0
Finalidad: Proyectos que impulsen en los países de asociación de la
cooperación española, soluciones innovadoras, ya desarrolladas y
probadas con éxito a nivel piloto, que aborden problemas sociales,
económicos, medioambientales y de la agenda de desarrollo.
Duración máxima: 18 meses, prorrogables por la mitad del plazo inicial.
Importe: mínimo de 50.000 euros y máximo de 200.000 euros.
Adjudicatarios: Entidades del sector privado empresarial, social, del
ámbito académico y de la investigación y ONGD.
Finalidad: La consecución de un objetivo general de desarrollo, pudiendo
realizarse la actuación de que se trate en uno o varios países, así como en
varias áreas o sectores.
40.000.000
Duración máxima: 4 años, prorrogable por la mitad del plazo inicial.
Importe: mínimo de 1 millón para los convenios de Educación para el
desarrollo y 2,5 millones resto de convenios, y máximo de 20 millones para
el total (5 millones por anualidad).
Adjudicatarios: ONGD acreditadas por la AECID.
TOTAL
57.669.729
FUENTE: Elaboración propia
IV.2.2. Régimen jurídico
Las bases reguladoras de las dos líneas de subvenciones de AOD convocadas en régimen de
concurrencia competitiva mencionadas en el subapartado anterior se recogieron en la Orden
AEC/2909/2011, de 21 de octubre. La regulación de estas ayudas se complementó con la
Resolución de 31 de octubre de 2011, de la Presidencia de la AECID, por la que se aprueban las
normas de gestión, seguimiento y justificación de las subvenciones concedidas para la ejecución de
convenios, proyectos y acciones de cooperación para el desarrollo, así como su guía de desarrollo
donde, entre otros aspectos, a parte del seguimiento se establecieron los procedimientos de
obtención, revisión y revocación de la condición de ONGD calificada.
cve: BOE-A-2023-6046
Verificable en https://www.boe.es
Como se expone en el apartado V.5 de este informe, en el ejercicio 2016 el MAEC no disponía del
Plan Estratégico de Subvenciones a medio plazo por lo que la Entidad no ha dispuesto del
instrumento de planificación en la gestión de las subvenciones exigido en el artículo 8.1 de la LGS.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33929
Subvenciones de ayuda oficial al desarrollo gestionadas por la AECID, 2016
21
La financiación de estas ayudas, en el ejercicio 2016, se realizó con cargo al crédito del concepto
presupuestario 484 “Para actividades de interés general consideradas de interés social reguladas
por el artículo 2 de Real Decreto Ley 7/2013, de 28 de junio” del programa 143A “Cooperación para
el desarrollo”; reconociéndose unas obligaciones por importe de 57.669.729 euros, que fueron
gestionadas por el Departamento de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo,
dependiente de la Dirección de Cooperación Multilateral, Horizontal y Financiera. De las 2 líneas de
ayudas convocadas en 2016, para Proyectos y Acciones, respectivamente, la de Acciones se
resolvió en el ejercicio 2017, no dando lugar a obligaciones reconocidas en el ejercicio fiscalizado.
El detalle de las obligaciones reconocidas por línea de subvenciones se recoge en el cuadro
siguiente.
CUADRO Nº 8
OBLIGACIONES RECONOCIDAS Y CONTENIDO DE LAS SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA
Ejercicio 2016
(euros)
Denominación
Proyectos de
Cooperación para
el Desarrollo
Acciones de
Cooperación para
el Desarrollo
Convenios con
ONGD 20142017
Convocatoria
Resolución de 13 de mayo de 2016, de la
Presidencia de la AECID, por la que se
convocan subvenciones a las ONGD
para la realización de proyectos de
cooperación para el desarrollo, incluidos
los de Educación para el Desarrollo en
España.
Resolución de 13 de mayo de 2016, de la
Presidencia de la AECID, por la que se
convocan subvenciones a Acciones de
Cooperación
para
el
Desarrollo
correspondientes al año 2016 para la
realización de proyectos de innovación
para el desarrollo y se aprueban sus
bases específicas
Resolución de 25 de octubre de 2013, de
la Presidencia de la AECID, por la que se
convocan
subvenciones
a
las
organizaciones no gubernamentales de
desarrollo para la realización de
convenios de cooperación al desarrollo
Obligaciones
reconocidas
Contenido
Finalidad: La consecución de objetivos específicos de desarrollo, en un
único país y en áreas o sectores priorizados.
17.669.729
Duración máxima: Dos años, prorrogable por un periodo no superior a la
mitad del plazo inicial.
Importe máximo: 900.000 euros.
Adjudicatarios: ONGD acreditadas por la AECID.
0
Finalidad: Proyectos que impulsen en los países de asociación de la
cooperación española, soluciones innovadoras, ya desarrolladas y
probadas con éxito a nivel piloto, que aborden problemas sociales,
económicos, medioambientales y de la agenda de desarrollo.
Duración máxima: 18 meses, prorrogables por la mitad del plazo inicial.
Importe: mínimo de 50.000 euros y máximo de 200.000 euros.
Adjudicatarios: Entidades del sector privado empresarial, social, del
ámbito académico y de la investigación y ONGD.
Finalidad: La consecución de un objetivo general de desarrollo, pudiendo
realizarse la actuación de que se trate en uno o varios países, así como en
varias áreas o sectores.
40.000.000
Duración máxima: 4 años, prorrogable por la mitad del plazo inicial.
Importe: mínimo de 1 millón para los convenios de Educación para el
desarrollo y 2,5 millones resto de convenios, y máximo de 20 millones para
el total (5 millones por anualidad).
Adjudicatarios: ONGD acreditadas por la AECID.
TOTAL
57.669.729
FUENTE: Elaboración propia
IV.2.2. Régimen jurídico
Las bases reguladoras de las dos líneas de subvenciones de AOD convocadas en régimen de
concurrencia competitiva mencionadas en el subapartado anterior se recogieron en la Orden
AEC/2909/2011, de 21 de octubre. La regulación de estas ayudas se complementó con la
Resolución de 31 de octubre de 2011, de la Presidencia de la AECID, por la que se aprueban las
normas de gestión, seguimiento y justificación de las subvenciones concedidas para la ejecución de
convenios, proyectos y acciones de cooperación para el desarrollo, así como su guía de desarrollo
donde, entre otros aspectos, a parte del seguimiento se establecieron los procedimientos de
obtención, revisión y revocación de la condición de ONGD calificada.
cve: BOE-A-2023-6046
Verificable en https://www.boe.es
Como se expone en el apartado V.5 de este informe, en el ejercicio 2016 el MAEC no disponía del
Plan Estratégico de Subvenciones a medio plazo por lo que la Entidad no ha dispuesto del
instrumento de planificación en la gestión de las subvenciones exigido en el artículo 8.1 de la LGS.