III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6045)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las operaciones de apoyo financiero de SEPI a sus empresas del grupo, ejercicios 2017 y 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33845

I.- INTRODUCCIÓN

I.1.- INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO
En el Programa de Fiscalizaciones para el año 2019, aprobado por el Pleno del Tribunal de
Cuentas en su sesión de 20 de diciembre de 2018, está incluida, a iniciativa del propio Tribunal, la
“Fiscalización de las operaciones de apoyo financiero de SEPI a sus empresas del grupo,
ejercicios 2017 y 2018”.
En su reunión de 31 de enero de 2019, el Pleno del Tribunal aprobó el inicio del procedimiento
fiscalizador, según lo establecido en el artículo 3b) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas y siguiendo lo dispuesto al efecto en las Normas de
Fiscalización del Tribunal. Posteriormente, las Directrices Técnicas con arreglo a las que se ha
llevado a cabo la fiscalización fueron aprobadas por el Pleno en su sesión de 30 de abril de 2019.
Esta fiscalización se encuadra dentro del Plan Estratégico 2018-2021 del Tribunal de Cuentas,
aprobado por el Pleno el 25 de abril de 2018, en cumplimiento del objetivo estratégico 1
“Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del sector público”
y, en concreto, el objetivo específico 1.2 “Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y
control de las entidades públicas”, en su medida 3 (fiscalizar actuaciones económico-financieras
de relevancia y actualidad).
I.2.- ANTECEDENTES DE LA FISCALIZACIÓN
Como antecedentes de esta fiscalización, el Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó el 25 de abril
de 2018 el “Informe de fiscalización de las aportaciones de capital a empresas del Grupo
realizadas por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales durante los ejercicios 2012 y
2013 y actualización de la situación a 31 de diciembre de 2016”, en el que se analizaron las
aportaciones de capital a sociedades mercantiles de su Grupo empresarial realizadas por SEPI en
2012 y 2013, que ascendieron a un total de 203,6 y 252,5 millones de euros, respectivamente.
Se ha considerado de interés realizar una nueva fiscalización en este campo, no solo con el fin de
analizar las aportaciones de capital de SEPI a sus sociedades filiales, sino ampliando el alcance a
la utilización de otros instrumentos de apoyo financiero, principalmente los préstamos otorgados
en sus distintas modalidades, y a las fuentes de financiación que utiliza SEPI para poder otorgar
dicho apoyo, especialmente el endeudamiento bancario que ha surgido en los últimos ejercicios.

La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (en adelante SEPI) fue creada por el Real
Decreto-ley 5/1995, de 16 de junio, de creación de determinadas entidades de derecho público,
que tras su tramitación parlamentaria se convirtió en la Ley 5/1996, de 10 de enero, de creación
de determinadas entidades de derecho público. De acuerdo con el artículo 10 de su Ley de
creación, SEPI es una sociedad estatal de las recogidas en el entonces vigente artículo 6.1 b) del
texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto Legislativo
1091/1988, de 23 de septiembre. Como consecuencia de la derogación de este artículo por la Ley
6/1997, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE),
SEPI debía llevar a cabo su transformación en entidad pública empresarial. Posteriormente, la Ley
33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en su disposición
transitoria cuarta, modificó el régimen jurídico de SEPI, estableciendo un plazo de un año para la
presentación por el Gobierno ante las Cortes Generales de un proyecto de ley para la adaptación

cve: BOE-A-2023-6045
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I.2.1.- Naturaleza y régimen jurídico de SEPI