III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6043)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las ayudas y subvenciones concedidas en el marco del programa 231H "Acciones en favor de los inmigrantes", ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33711

La Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios
de Protección Internacional, apatridia y protección temporal, modificada por la Orden
ESS/109/2017, de 10 de febrero.
Esta Orden comprende las convocatorias correspondientes a tres líneas de subvenciones: Convivencia y Cohesión Social y los programas de empoderamiento de extranjeros con necesidades de
atención especial (convocadas conjuntamente en 2018); Protección Internacional y atención sociosanitaria; y Retorno voluntario. Recoge todos los aspectos señalados en los artículos 13 y 17 de la
LGS como contenido mínimo de las bases reguladoras de las subvenciones.
Conforme al artículo 1.2 de esta Orden, el objeto de estas subvenciones es la realización de programas que fomenten la integración sociolaboral, el retorno, la reagrupación familiar, los procesos
de acogida e integración, así como los programas cofinanciados por fondos de la UE dirigidos a
personas inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección
temporal.
Las resoluciones de convocatoria de las distintas líneas de subvenciones dictadas en 2018 al amparo de estas bases reguladoras fueron las siguientes:


Convivencia y Cohesión Social. Resolución de 25 de julio 2018 de la DGIAH, por la que se
convocan subvenciones para el desarrollo de actuaciones de interés general en materia de
extranjería, destinadas a favorecer la convivencia y la cohesión social, cofinanciadas por fondos de la UE.
Esta línea de subvenciones tiene por objeto la integración de los inmigrantes, con base en el
principio de igualdad, y a través de realización de programas de acogida integral, de políticas
activas de empleo que fomenten la integración sociolaboral, de prevención de la irregularidad
sobrevenida, de la integración a través de la participación socioeconómica, y de programas
para el conocimiento de la sociedad de acogida y sus valores, así como los programas cofinanciados por fondos de la UE dirigidos a personas inmigrantes. Los proyectos financiados
deben abarcar un ámbito supraautonómico y las actuaciones previstas en ningún caso deben
realizarse en el ámbito competencial de la asistencia social, siendo en todo caso complementarias a las realizadas en los ámbitos autonómico y local.
Estas subvenciones se conceden a cargo de tres fuentes de financiación, teniendo cada una
de ellas unas acciones y actuaciones que se concretan en una serie de proyectos:
- Proyectos cofinanciados por el FAMI, cuyos destinatarios son personas nacionales de
terceros países que residan legalmente en España o, en su caso, que se encuentren en
proceso de obtención de residencia legal en España. La cofinanciación del FAMI puede
alcanzar un máximo del 75 % del coste total de cada proyecto subvencionado, como
norma general. Los proyectos financiados deben responder a alguna de las cuatro prioridades definidas en la convocatoria8.

1.- Proyectos de investigación, de carácter supraautonómico, que puede abarcar, entre otros aspectos, la recopilación y
difusión de buenas prácticas en relación con la convivencia y la cohesión social.
2.- Proyectos de carácter supraautonómico, complementarios a los realizados en los ámbitos competenciales autonómico
y local, dirigidos a la adquisición y mantenimiento de la situación administrativa de residencia legal en España, incluyendo
las herramientas necesarias para ello.
3.- Proyectos de carácter supraautonómico, complementarios a los realizados en los ámbitos competenciales autonómico
y local, para facilitar la igualdad de acceso a los servicios públicos e igualdad de resultados, incluyendo a posibles víctimas
de trata o de violencia de género.
4.- Proyectos de sensibilización de carácter supraautonómico, complementarios a los realizados en los ámbitos competenciales autonómico y local, que fomenten el diálogo constructivo entre los nacionales de terceros países residentes en
España y la sociedad española, que faciliten la gestión de la diversidad en el entorno social y la puesta en valor de las
oportunidades que brinda la interculturalidad o que luchen contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras
formas conexas de intolerancia.

cve: BOE-A-2023-6043
Verificable en https://www.boe.es

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