I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Presupuestos. (BOE-A-2023-5961)
Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 33340
Asimismo, dicha consejería podrá realizar la contratación centralizada del
mantenimiento de equipos informáticos y adquisición y mantenimiento de software
cuando se le delegue dicha competencia por los mencionados departamentos y entes.
– Los correspondientes a la concertación parcial de la actividad preventiva de
riesgos laborales en el ámbito de gestión correspondiente al Servicio de Prevención de la
Dirección General de la Función Pública.
– Los correspondientes a «Prevención de riesgos laborales», de la sección 08
«Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad».
– Los correspondientes a la «Implantación de la nómina centralizada».
– Los correspondientes al «Sistema Integral de Control Horario».
c) La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y
Planificación Territorial, los correspondientes a la contratación del suministro de energía
eléctrica, así como el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado
para la actuación global e integrada que suponga la mejora de la eficiencia energética y
prestación de servicios energéticos.
2. Si a lo largo del ejercicio el crédito inicialmente previsto para el gasto estimado
de una sección presupuestaria resultase insuficiente para atenderlo, el centro gestor
competente por razón de la materia se lo comunicará al departamento afectado para
que, en el plazo máximo de quince días, proceda a tramitar una transferencia de crédito
a su sección.
Artículo 28.
Créditos cofinanciados con fondos europeos estructurales.
1. Con carácter previo a la adquisición de cualquier compromiso de gasto que se
haya de efectuar con cargo a créditos presupuestarios cofinanciados con los programas
regionales Feder y FSE 2021-2027, la Dirección General de Planificación y Presupuesto
se pronunciará sobre la adecuación de la financiación a la inversión, acción o medida
que se proponga iniciar.
2. La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos podrá retener los
créditos presupuestarios cofinanciados con los programas regionales Feder y
FSE 2021-2027 si por el correspondiente centro gestor no se hubiera procedido antes
del 30 de junio de 2023 a declarar, en el sistema informático de gestión de fondos
estructurales, que los gastos han sido abonados y justificados en los anteriores ejercicios
presupuestarios.
Se exceptúan de esta obligación las inversiones y medidas que se encuentren
suspendidas por el ejercicio de una acción judicial, un recurso administrativo, por fuerza
mayor u otra circunstancia excepcional que dificulte o impida su certificación a la Unión
Europea. En este supuesto, el centro gestor responsable deberá comunicar y acreditar la
circunstancia que concurra.
Autorización de determinadas transferencias, préstamos y convenios.
1. Corresponde al Gobierno autorizar el otorgamiento de las subvenciones directas
a que se refiere el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y de los préstamos concedidos directamente, cuando el importe sea
superior a 150.000 euros. Esta autorización se entenderá implícitamente concedida
cuando el Gobierno autorice una modificación de crédito o gasto plurianual para dicha
finalidad.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no será necesaria la
autorización del Gobierno para conceder subvenciones a los colegios de abogados y
procuradores para la prestación de la asistencia jurídica gratuita y turno de oficio y a los
puntos de encuentro familiar.
Asimismo, quedan exceptuados de esta autorización los préstamos concedidos en el
ámbito de los fondos e instrumentos financieros sin personalidad jurídica creados por el
Gobierno.
cve: BOE-A-2023-5961
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 29.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 33340
Asimismo, dicha consejería podrá realizar la contratación centralizada del
mantenimiento de equipos informáticos y adquisición y mantenimiento de software
cuando se le delegue dicha competencia por los mencionados departamentos y entes.
– Los correspondientes a la concertación parcial de la actividad preventiva de
riesgos laborales en el ámbito de gestión correspondiente al Servicio de Prevención de la
Dirección General de la Función Pública.
– Los correspondientes a «Prevención de riesgos laborales», de la sección 08
«Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad».
– Los correspondientes a la «Implantación de la nómina centralizada».
– Los correspondientes al «Sistema Integral de Control Horario».
c) La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y
Planificación Territorial, los correspondientes a la contratación del suministro de energía
eléctrica, así como el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado
para la actuación global e integrada que suponga la mejora de la eficiencia energética y
prestación de servicios energéticos.
2. Si a lo largo del ejercicio el crédito inicialmente previsto para el gasto estimado
de una sección presupuestaria resultase insuficiente para atenderlo, el centro gestor
competente por razón de la materia se lo comunicará al departamento afectado para
que, en el plazo máximo de quince días, proceda a tramitar una transferencia de crédito
a su sección.
Artículo 28.
Créditos cofinanciados con fondos europeos estructurales.
1. Con carácter previo a la adquisición de cualquier compromiso de gasto que se
haya de efectuar con cargo a créditos presupuestarios cofinanciados con los programas
regionales Feder y FSE 2021-2027, la Dirección General de Planificación y Presupuesto
se pronunciará sobre la adecuación de la financiación a la inversión, acción o medida
que se proponga iniciar.
2. La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos podrá retener los
créditos presupuestarios cofinanciados con los programas regionales Feder y
FSE 2021-2027 si por el correspondiente centro gestor no se hubiera procedido antes
del 30 de junio de 2023 a declarar, en el sistema informático de gestión de fondos
estructurales, que los gastos han sido abonados y justificados en los anteriores ejercicios
presupuestarios.
Se exceptúan de esta obligación las inversiones y medidas que se encuentren
suspendidas por el ejercicio de una acción judicial, un recurso administrativo, por fuerza
mayor u otra circunstancia excepcional que dificulte o impida su certificación a la Unión
Europea. En este supuesto, el centro gestor responsable deberá comunicar y acreditar la
circunstancia que concurra.
Autorización de determinadas transferencias, préstamos y convenios.
1. Corresponde al Gobierno autorizar el otorgamiento de las subvenciones directas
a que se refiere el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y de los préstamos concedidos directamente, cuando el importe sea
superior a 150.000 euros. Esta autorización se entenderá implícitamente concedida
cuando el Gobierno autorice una modificación de crédito o gasto plurianual para dicha
finalidad.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no será necesaria la
autorización del Gobierno para conceder subvenciones a los colegios de abogados y
procuradores para la prestación de la asistencia jurídica gratuita y turno de oficio y a los
puntos de encuentro familiar.
Asimismo, quedan exceptuados de esta autorización los préstamos concedidos en el
ámbito de los fondos e instrumentos financieros sin personalidad jurídica creados por el
Gobierno.
cve: BOE-A-2023-5961
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 29.