I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Presupuestos. (BOE-A-2023-5961)
Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 33327

Los consignados en los programas 322B «Educación Infantil, Primaria y primer ciclo
de la ESO», 322C «Enseñanza Secundaria y Formación Profesional» y 322K
«Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Adultos» de la sección 18
«Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes» vinculan en la
clasificación orgánica a nivel de sección, en la clasificación funcional vinculan los tres
programas conjuntamente y en la clasificación económica a nivel de subconcepto.
Artículo 9. Otras vinculaciones específicas.
1.

Son vinculantes a nivel de sección, servicio, programa y capítulo:

a) Los créditos consignados en el programa 942C «Fondo Canario de Financiación
Municipal».
b) Los créditos consignados en el programa 942D «Otras transferencias a
corporaciones locales» de la sección 20, destinados a las entidades locales por la
reducción de la compensación del impuesto general sobre el tráfico de empresas.
c) Los créditos del capítulo 4 consignados en el programa 112A «Tribunales de
Justicia», destinados a la financiación del servicio público de asistencia jurídica gratuita.
d) Los créditos del capítulo 4 consignados en el programa 231I «Fomento de la
Inclusión social» de la sección 23 del servicio 07 «Dirección General de Derechos
Sociales e Inmigración», afectos a los gastos de ayudas a la integración social y a la
Ley 16/2019, de Servicios Sociales de Canarias.
2.

Son vinculantes a nivel de sección, servicio y capítulo:

a) Los créditos consignados en los programas 322B «Educación Infantil, Primaria y
primer ciclo de la ESO» y 322C «Enseñanza Secundaria y Formación Profesional» del
capítulo 4 de la sección 18 «Consejería de Educación, Universidades, Cultura y
Deportes», servicio 04 «Dirección General de Personal» y servicio 05 «Dirección General
de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa», afectos a los gastos de personal y
de funcionamiento de la educación concertada.
b) Los créditos consignados en el servicio 72 «Unidades administrativas de carácter
provisional en las direcciones generales competentes en materia de planificación y
presupuesto y de función pública y en la Intervención General».

a) Los créditos consignados en los proyectos destinados a la financiación de las
expropiaciones y otras actuaciones del programa 453D «Convenio de Carreteras con
Ministerio de Fomento» de la sección 11 del servicio 04 «Dirección General de
Infraestructura Viaria».
b) Los créditos consignados en el programa 312C «Atención Especializada» del
subconcepto 480.01 «Transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro» de las
líneas de actuación destinadas a prótesis, vehículos para personas con movilidad
reducida, gastos en inhumaciones o incineraciones y entregas por desplazamientos.
c) Los créditos consignados en el servicio 71 «Ayuda a la recuperación (React-EU)».
d) Los créditos consignados en los programas 311F «Dirección administrativa y
servicios generales, React-EU», 312E «Atención Especializada React-EU» y 312H
«Atención Primaria React-EU» del Servicio Canario de la Salud.
e) Los créditos del capítulo 1 consignados en los programas 311E «Dirección
administrativa y servicios generales MRR», 312D «Atención Especializada MRR» y 312G
«Atención Primaria MRR» del Servicio Canario de la Salud.
f) Los créditos del capítulo 1 del servicio 70 «Mecanismo de Recuperación».

cve: BOE-A-2023-5961
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3. Son vinculantes a nivel de sección, servicio, programa, capítulo y fondo los
siguientes créditos: