III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-5934)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación suscrita por la registradora de la propiedad de Santander n.º 1, por la que acuerda no practicar la inscripción de una escritura de reconocimiento de deuda y constitución de hipoteca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Lunes 6 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33098

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
5934

Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
suscrita por la registradora de la propiedad de Santander n.º 1, por la que
acuerda no practicar la inscripción de una escritura de reconocimiento de
deuda y constitución de hipoteca.

En el recurso interpuesto por don Norberto González Sobrino, notario de Madrid,
contra la nota de calificación suscrita por la registradora de la Propiedad de Santander
número 1, doña Marta Evangelina González San Miguel, por la que acuerda no practicar
la inscripción de una escritura de reconocimiento de deuda y constitución de hipoteca,
por la razón de no aportarse certificados vigentes de tasación de la finca hipotecada.
Hechos
I
Mediante la escritura otorgada el día 17 de junio de 2022 ante el notario de Madrid,
don Norberto González Sobrino, con el número 1.398 de protocolo, se constituyó
hipoteca sobre una finca del Registro de la Propiedad de Santander número 1 en
garantía de unas deudas derivadas de la venta de acciones de la sociedad «Termas
Pallarés, SA», en favor del acreedor, don L. F. T. B. –vendedor de la acciones–, siendo la
parte deudora la sociedad mercantil «Tres Mares, SA» –compradora de las acciones–, y
en la que, entre otras garantías, don M. M. D., consejero delegado de la sociedad
deudora, como garante de deuda ajena, hipotecó una vivienda de su propiedad sita en la
ciudad de Santander.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Santander número 1,
fue objeto de una primera nota de calificación negativa de fecha 30 de septiembre
de 2022, indicando la falta de certificado de tasación de la finca hipotecada.
Posteriormente, con fecha 21 de octubre de 2022, y para subsanar el expresado
defecto, se aportó una fotocopia de un certificado de tasación de la finca hipotecada,
siendo objeto de la siguiente nota de calificación:
«Santander, 7 de Noviembre de 2022.

Con fecha 17 de junio de 2022 y bajo el asiento 991 del diario 261, se presenta
escritura autorizada el día 17 de junio de 2022 por el Notario de Madrid, don Norberto
González Sobrino, número 1398 de protocolo, habiéndose emitido nota de calificación
con fecha 30 de septiembre de 2022 y aportada fotocopia de certificado de tasación con
fecha 21 de octubre de 2022.
En dicho documento, se procede por don M. M. D. a constituir hipoteca sobre la
finca 101.169 de este Registro. a favor de don L. F. T. B. en garantía de una deuda en los
términos que resultan de un acuerdo transaccional verificado dentro de un procedimiento
de ejecución ordinaria.

cve: BOE-A-2023-5934
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 bis L.H. y con referencia al
documento que se dirá le comunico la calificación del mismo de acuerdo con los
siguientes: Hechos: