III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-5946)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos, para la ejecución de una campaña de promoción internacional del sector cerámico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Lunes 6 de marzo de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 33158

Implicaciones económicas.

El importe económico máximo previsto con cargo al presente Convenio es de
setecientos doce mil cuatrocientos setenta y ocho euros (712.478 euros),
comprometiéndose cada parte a cofinanciar los gastos de las actividades que se vayan a
ejecutar al amparo del presente Convenio de conformidad con los porcentajes que se
detallan en el siguiente cuadro por mercados:
Mercado

Porcentaje Aportación ICEX Porcentaje Aportación ASCER

Alemania.

35

65

Canadá.

50

50

Estados Unidos.

65

35

Francia.

35

65

Italia.

35

65

Reino Unido.

35

65

Rusia.

65

35

La aportación máxima de ASCER para esta campaña asciende a trescientos ochenta
y un mil quinientos treinta y nueve euros con ochenta céntimos (381.539,80 euros).
La aportación máxima de ICEX para esta campaña asciende a trescientos treinta mil
novecientos treinta y ocho euros con veinte céntimos (330.938,20 euros).
La aportación de ASCER se ingresará mediante transferencia bancaria en la cuenta
designada al efecto por ICEX para atender los gastos asociados al desarrollo del objeto
del Convenio dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en la que este Convenio
adquiera eficacia.
En el caso de que existan sobrantes o cantidades sin gastar, éstas serán repartidas
entre las partes, en función el porcentaje de contribución a los gastos.
Quinta. Vigencia.
El presente Convenio estará vigente desde la fecha en la que adquiera eficacia hasta
el 31 de diciembre de 2023, sin posibilidad de prórroga.
El Convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal (REOICO) en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización.
Asimismo, será publicado en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización en
el «Boletín Oficial del Estado».
Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación, de las actividades relacionadas con el presente
Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por ASCER y otros dos (2) designados por ICEX (en lo
sucesivo, indistintamente, la Comisión de Seguimiento, o la Comisión).
Por parte de ASCER formarán parte de la Comisión:
– La persona titular de la Secretaría General; y
– La persona titular del departamento de comercio y promoción exterior.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión:
– La persona titular de la dirección de Tecnología Industrial y Servicios
Profesionales; y
– La persona titular del departamento de Arquitectura y Aplicaciones Constructivas.

cve: BOE-A-2023-5946
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.