III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-5946)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos, para la ejecución de una campaña de promoción internacional del sector cerámico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Lunes 6 de marzo de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 33157

Actividades del Plan de Promoción.

Las actividades a desarrollar objeto del presente Convenio y que se enmarcarán
dentro del Plan de Promoción, serán, en general, todas aquellas destinadas a la
promoción internacional del sector, y, en particular, las siguientes:
– Campañas de comunicación, relaciones públicas y publicidad en medios, redes
sociales, etc.
– Acciones dirigidas a medios de comunicación, bloggers, etc.
– Creación y mantenimiento de páginas webs (incluye gastos de alquiler de
servidores que éstas impliquen).
– Estudios de mercado.
– Compra o alquiler de bases de datos.
– Elaboración y producción de material de información, difusión y promoción.
– Concursos, exposiciones, jornadas técnicas y otras actividades dirigidas a la
distribución, al comercio local y a la prescripción (arquitectos, colocadores, etc.).
– Acciones de formación dirigidas a la prescripción (colocadores, arquitectos, etc.).
– Participación en ferias.
– Misiones inversas.
Estas actividades se podrán realizar en todos, en algunos, o en uno sólo de los
países relacionados en la cláusula primera, según aprecie la Comisión de Seguimiento
prevista en el Convenio, con base en un criterio de oportunidad de acuerdo con el mayor
y mejor impacto en sus intereses comunes.
De igual manera, será también en el seno de la Comisión de Seguimiento en donde
las Partes determinen cuáles de las actividades previstas en esta cláusula serán objeto
de ejecución en atención a las peculiaridades de cada uno de los mercados.
Tercera.

Obligaciones de las Partes.

Para la realización de las actividades que contemplan el Plan de Promoción, ambas
Partes trabajarán, de forma conjunta, asumiendo las siguientes obligaciones:
a)

ICEX.

– Ejecutar a través de las Oficinas Económicas y Comerciales (en adelante,
Ofecomes), en su condición de centros de actuación de ICEX en el extranjero, las
acciones previstas en el Plan de Promoción.
– Llevanza de la gestión económica del Plan de Promoción asumiendo las
contrataciones que resulten necesarias con sujeción a la normativa aplicable.
– Seguimiento en la ejecución de las acciones del Plan de Promoción.
– Presentar en la Comisión de Seguimiento, para su aprobación, las memorias
preparadas por cada Ofecome encargada de la ejecución de las actividades.
ASCER.

– Seguimiento en la ejecución de las acciones del Plan de Promoción.
– Comunicar, con suficiente antelación, la realización de las actividades objeto del
presente Convenio a las empresas que representan al sector.
– Llevar a cabo acciones tendentes a obtener la autorización de las empresas que
sean miembros de ASCER y que participen directa o indirectamente en el Plan de
Promoción para que el Departamento de Aduanas e II.EE. de la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria remita información a ICEX sobre sus datos de comercio
exterior. El objetivo es evaluar las medidas públicas y así progresar en la mejora
constante de la efectividad de las actividades, optimizando el efecto de los recursos
públicos que ICEX administra.

cve: BOE-A-2023-5946
Verificable en https://www.boe.es

b)