III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema eléctrico. (BOE-A-2023-5957)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación del sistema eléctrico, para adecuar la liquidación de medidas excepcionales de apoyo entre sistemas eléctricos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Lunes 6 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33218

francés. En todo caso, la aplicación de las medidas extraordinarias está prevista como
algo de aplicación excepcional hasta el próximo mes de abril, por lo que no se considera
necesario regular un régimen de transparencia explícito más allá del ya previsto para
estos aspectos en los ámbitos nacional y europeo, lo cual requeriría además modificar el
P.O.9.2 y/o el P.O.3.2. Ello sin perjuicio de que el operador del sistema pueda informar,
en su caso, de la aplicación de estas medidas excepcionales a través, por ejemplo, del
Comité de Operación del Sistema.
Vistos los citados antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, la Sala de
Supervisión Regulatoria de la CNMC, resuelve:
Primero.
Aprobar la modificación del Procedimiento de Operación 14.4 del sistema eléctrico
peninsular español que se recoge en el anexo.
Segundo.
La presente resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
La presente resolución, junto con su anexo, se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», en cumplimiento de los establecido en el artículo 7.1, párrafo final, de la
Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC.
Notifíquese esta resolución a Red Eléctrica y publíquese en la página web de
la CNMC.
Madrid, 23 de febrero de 2023.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiú García-Ovies.
ANEXO
Modificación del procedimiento de operación 14.4
Se añade un nuevo apartado 22 (bis) al PO 14.4 Derechos de cobro y obligaciones
de pago por los servicios de ajuste del sistema, con el texto siguiente:
«22 (bis). Medidas excepcionales de apoyo a sistemas eléctricos vecinos.

Obligación de pago en la cuenta del operador del sistema igual al coste de las
actuaciones adoptadas. Este coste ha sido sufragado por el operador del sistema
vecino que ha solicitado estas medidas y que, previamente, ha transferido el
importe al operador del sistema.
Derecho de cobro por valor del importe anterior que se reparte como
minoración del coste horario agregado de los servicios de ajuste del sistema que
se liquidan a la demanda.
El coste de las actuaciones excepcionales orientadas a reconducir los flujos
por los elementos de la interconexión entre ambos sistemas en situaciones en que
esta redistribución pueda contribuir a aumentar la capacidad de importación y con
ello evitar o reducir el deslastre de cargas en caso de situaciones de tensión entre

cve: BOE-A-2023-5957
Verificable en https://www.boe.es

El coste de las actuaciones excepcionales en el sistema eléctrico peninsular
solicitadas por los operadores de los sistemas eléctricos vecinos orientadas a
reconducir los flujos por los elementos de la interconexión entre sistemas
eléctricos vecinos en situaciones en que esta redistribución pueda contribuir a
garantizar la capacidad de exportación minimizando o evitando la aplicación de
acciones coordinadas de balance dará lugar a las siguientes anotaciones: