I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Mesas electorales. Dietas. (BOE-A-2023-5750)
Orden INT/212/2023, de 1 de marzo, de regulación de la dieta de los miembros de las mesas electorales.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Lunes 6 de marzo de 2023
Artículo 3.

Sec. I. Pág. 32792

Importe íntegro.

El derecho a la dieta lo será en su importe íntegro, con independencia del tiempo de
la jornada electoral que se haya estado desempeñando el cargo.
Disposición adicional primera.

Procesos electorales afectados.

Lo dispuesto en esta orden será de aplicación a los procesos electorales regulados
en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, así como a las consultas populares por vía de
referéndum reguladas en la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, de regulación de
distintas modalidades de referéndum, que se celebren a partir de la publicación de esta
orden en el «Boletín Oficial del Estado»
Disposición adicional segunda.

Remisiones normativas.

Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones a la Orden
INT/282/2019, de 7 de marzo, de regulación de la dieta de los miembros de las mesas
electorales, se entenderán realizadas a los preceptos de esta orden.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Se deroga la Orden INT/282/2019, de 7 de marzo.
Disposición final primera.

Actualización de la dieta.

El importe fijado en el artículo 1 se actualizará mediante nueva orden ministerial.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».

cve: BOE-A-2023-5750
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 1 de marzo de 2023.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
Gómez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X