III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-5741)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Pontevedra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Sábado 4 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 32727
se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de caballa (Scomber
scombrus) de las zonas 8c y 9a en 2023, para los buques de la flota de otras artes
distintas de arrastre y cerco del Caladero Cantábrico Noroeste con puerto base en la
provincia de Pontevedra, rigiendo lo establecido en esta resolución provincial.
Decimocuarto.
Esta resolución será de aplicación para la campaña de 2023, desde el 1 de enero
hasta el 31 de diciembre.
Decimoquinto.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 3 de marzo de 2023.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida y topes de captura en kilos
de caballa para la campaña 2023
Buques con 2,00 tripulantes y tope común de 4.501,58 kg por buque
Puerto base
Nombre buque
CFPO
Combarro.
MODESTO UNO.
23240
La Guardia.
MARESCO TRES.
27253
Marin.
A DICHOSA.
24674
Buques con 3,00 tripulantes y tope común de 6.752,37 kg por buque
Puerto base
Bueu.
Nombre buque
ABUELO LELO.
CFPO
23239
Puerto base
Nombre buque
CFPO
Aldan-Hio.
CASTRO DACOSTA.
25961
Bayona.
DANIEL Y MARIA.
21698
Bueu.
NON SEI.
21023
Bueu.
NUEVO YOLANDA UNO.
24615
Cambados.
CABO MAIOR.
24081
Cambados.
IKERVAL.
100226
Cambados.
NOVO BOLERO.
23931
Cambados.
PORTO SANTOME.
26871
Cambados.
SEGUNDO LIDER.
23689
cve: BOE-A-2023-5741
Verificable en https://www.boe.es
Buques con 4,00 tripulantes y tope común de 9.003,16 kg por buque
Núm. 54
Sábado 4 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 32727
se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de caballa (Scomber
scombrus) de las zonas 8c y 9a en 2023, para los buques de la flota de otras artes
distintas de arrastre y cerco del Caladero Cantábrico Noroeste con puerto base en la
provincia de Pontevedra, rigiendo lo establecido en esta resolución provincial.
Decimocuarto.
Esta resolución será de aplicación para la campaña de 2023, desde el 1 de enero
hasta el 31 de diciembre.
Decimoquinto.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 3 de marzo de 2023.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida y topes de captura en kilos
de caballa para la campaña 2023
Buques con 2,00 tripulantes y tope común de 4.501,58 kg por buque
Puerto base
Nombre buque
CFPO
Combarro.
MODESTO UNO.
23240
La Guardia.
MARESCO TRES.
27253
Marin.
A DICHOSA.
24674
Buques con 3,00 tripulantes y tope común de 6.752,37 kg por buque
Puerto base
Bueu.
Nombre buque
ABUELO LELO.
CFPO
23239
Puerto base
Nombre buque
CFPO
Aldan-Hio.
CASTRO DACOSTA.
25961
Bayona.
DANIEL Y MARIA.
21698
Bueu.
NON SEI.
21023
Bueu.
NUEVO YOLANDA UNO.
24615
Cambados.
CABO MAIOR.
24081
Cambados.
IKERVAL.
100226
Cambados.
NOVO BOLERO.
23931
Cambados.
PORTO SANTOME.
26871
Cambados.
SEGUNDO LIDER.
23689
cve: BOE-A-2023-5741
Verificable en https://www.boe.es
Buques con 4,00 tripulantes y tope común de 9.003,16 kg por buque