III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5743)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "FV Pioz RD2 y FV Pioz RT1" de 27 MWp y 125 MWp respectivamente, y su estructura de evacuación, en Pioz (Guadalajara) y Santorcaz, Anchuelo, Villalbilla y Alcalá de Henares (Madrid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 32744

Por lo tanto, teniendo en cuenta el conjunto del ámbito de estudio se tiene que,
según la clasificación de los tres catálogos de referencia, hay 4 especies en ellos
recogidos (en peligro de extinción o vulnerables) con incidencia en el ámbito de estudio:
el aguilucho cenizo, el milano real, la cigüeña blanca, y el cernícalo primilla. Además, se
ha identificado una nidificación de aguilucho cenizo en el entorno del sector suroeste de
la PSFV «FV Pioz RT1». Asimismo, cabe indicar que todo el municipio de Pioz, donde
están emplazadas las PSFVs, se encuentra ubicado en zona de dispersión del águila
imperial ibérica (Aquila adalberti) (Decreto 275/2003, de 9 de septiembre de 2003,
actualmente en revisión). La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales
de la Comunidad de Madrid, también informa que las líneas atraviesan zonas sensibles
para la conservación de aves esteparias, así como territorios de campeo de águila real.
Los principales impactos hacia la fauna son mortalidad por atropellos, molestias por
alteración y fragmentación, destrucción y/o desaparición de hábitats, debido a la
ocupación del suelo y por cambios en su uso. Esto resulta en una merma de las zonas
de campeo, reproducción y alimentación de la fauna. Afectará especialmente a especies
protegidas de aves esteparias. Además, se producirá un efecto barrera en todas las
etapas, debido a la ocupación y a los cerramientos. Las LAT también conllevan riesgo
por colisión y electrocución.
Como medidas protectoras para la fauna se proponen programar el calendario fuera
de épocas sensibles, identificación y delimitación de zonas de interés de avifauna y que
el vallado perimetral cumpla con normativa ambiental. Además, durante la fase de
explotación, se limitará el tránsito de vehículos, y la iluminación artificial será mínima. En
relación a las LAT, el trazado de la LAAT RT1-132kV se retranqueará al menos 500 m de
la colonia de cernícalos primilla. Además, se contemplarán medidas anticolisión y
electrocución (Real Decreto 1432/2008) y se retirarán de manera inmediata residuos de
las zonas de actuación. En el EsIA también se proponen una serie de medidas
compensatorias como instalación de medidas que fomenten la biodiversidad, colocación
de refugios, posadero de aves, nidales, etc.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, recalca la importancia del área de dispersión del águila imperial y
de la existencia en el entorno del aguilucho cenizo, o el sisón común (Tetrax tetrax, no
valorado por los promotores). Por todo ello, indica que se deberán eliminar todas las
parcelas que quedan al oeste de la carretera M-2400 y dentro del área de influencia de la
zona de nidificación del aguilucho cenizo.
El promotor, en su respuesta indica que para evitar la afección a la fauna señalizará
el vallado con elementos de alta visibilidad, prioritariamente naturales. Además,
emplearán pantallas vegetales adicionales acordes con el paisaje, optimizarán la
disposición de módulos fotovoltaicos e incluirán zonas cultivables. Plantea crear zonas
de reserva de al menos 10 % del área ocupada por la instalación, un área de 30 ha que
se cultivará con especies cerealistas. También menciona una serie de medidas a aplicar
en el interior de las instalaciones. Respecto a las infraestructuras de evacuación,
asegura que aplicará dispositivos salvapájaros, y estructuras y materiales que reduzcan
el riesgo de colisión.
Pese a todas estas medidas, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha insiste en su respuesta de 5 de
diciembre de 2022 en la eliminación de dichas parcelas, suponiendo una reducción
en 138,6 ha del proyecto.
En su contestación del 14 de febrero a la solicitud de información adicional respecto
a esta eliminación de superficies de planta solar, el promotor presenta dos alternativas.
La primera consiste en la eliminación de lo solicitado en el subsector sur, al tiempo que
renombran parcelas previas de RT1 en su zona sudeste como RD2. Sin embargo, se
produce una extensión de superficie fuera de la poligonal que implica no sólo un
aumento global de 24,32 ha más de las establecidas por la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (162,92 ha
propuestas-138,6 ha aceptadas por Castilla-La Mancha), sino la transformación de

cve: BOE-A-2023-5743
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Núm. 54