I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-5701)
Orden PCM/206/2023, de 2 de marzo, por la que se regula el Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Sábado 4 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 32292
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/206/2023, de 2 de marzo, por la que se regula el Programa de
Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas.
Naciones Unidas reconoce la importancia del fomento de la participación inclusiva y
la contribución positiva de los jóvenes a la consolidación de la paz y la prevención de
conflictos y así se ha recogido en diversos instrumentos: el Programa de Acción Mundial
para los Jóvenes; los Principios Rectores sobre la Participación de los Jóvenes en la
Consolidación de la Paz; el Foro Mundial sobre la Juventud, la Paz y la Seguridad,
celebrado en agosto de 2015; la Declaración de Ammán sobre la Juventud, la Paz y la
Seguridad; la Cumbre Mundial de la Juventud contra el Extremismo Violento, celebrada
en septiembre de 2015 y la Agenda de Acción para Prevenir el Extremismo Violento y
Promover la Paz.
El Programa de Acción Mundial para los Jóvenes aprobado por la Asamblea General
de Naciones Unidas en el año 1995 y ampliado en el año 2007 invita a los gobiernos a
facilitar que los jóvenes se involucren en foros internacionales y que consideren incluir
representantes de la juventud en sus delegaciones nacionales ante la Asamblea General
(Resolución de la Asamblea General 50/81, párrafo 107).
Asimismo, en su resolución relativa a políticas y programas de la juventud, aprobada
en 2009 (64/130), la Asamblea General urge a los Estados a considerar la posibilidad de
incluir a representantes de los jóvenes de las delegaciones nacionales que participen en
todos los debates pertinentes de la Asamblea General, el Consejo Económico y Social y
sus comisiones orgánicas, y las conferencias pertinentes de las Naciones Unidas,
cuando proceda, teniendo presentes los principios de equilibrio de género y no
discriminación, y pone de relieve que dichos representantes deben ser elegidos
mediante un proceso transparente que les garantice un mandato adecuado para poder
representar a los jóvenes de sus países.
España ha participado activamente en todas las iniciativas relacionadas con la
mejora de las condiciones de vida y la participación de los jóvenes y está firmemente
comprometida con la Agenda Juventud, Paz y Seguridad basada en la Resolución 2250
(2015) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, adoptada mientras España era
miembro no permanente del Consejo de Seguridad, que insta a los Estados miembros a
aumentar la representación inclusiva de los jóvenes en todos los niveles de adopción de
decisiones de las instituciones.
Este Programa da respuesta a la responsabilidad de las Administraciones públicas
de desarrollar políticas de juventud, puesto que todas las políticas y actividades relativas
a la juventud deben respaldar su derecho a participar en el desarrollo, la aplicación y el
seguimiento de las políticas que les afectan a través de una participación significativa de
los jóvenes y de las organizaciones juveniles. Así se refleja en el Diálogo con la juventud
de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud (2019-2027), las Metas de la
Juventud recogidas en la estrategia, que marcan los objetivos de las políticas de
juventud de los Estados miembros, y que se pone de manifiesto en el desarrollo de las
políticas de juventud en España. Y, por otra parte, recoge el mandato de garantizar que
la política de juventud global y europea se aplique teniendo presentes las interrelaciones
con los niveles regionales y locales.
En el ámbito nacional, el artículo 48 de la Constitución española establece que «los
poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la
juventud en el desarrollo político, económico y cultural».
cve: BOE-A-2023-5701
Verificable en https://www.boe.es
5701
Núm. 54
Sábado 4 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 32292
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/206/2023, de 2 de marzo, por la que se regula el Programa de
Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas.
Naciones Unidas reconoce la importancia del fomento de la participación inclusiva y
la contribución positiva de los jóvenes a la consolidación de la paz y la prevención de
conflictos y así se ha recogido en diversos instrumentos: el Programa de Acción Mundial
para los Jóvenes; los Principios Rectores sobre la Participación de los Jóvenes en la
Consolidación de la Paz; el Foro Mundial sobre la Juventud, la Paz y la Seguridad,
celebrado en agosto de 2015; la Declaración de Ammán sobre la Juventud, la Paz y la
Seguridad; la Cumbre Mundial de la Juventud contra el Extremismo Violento, celebrada
en septiembre de 2015 y la Agenda de Acción para Prevenir el Extremismo Violento y
Promover la Paz.
El Programa de Acción Mundial para los Jóvenes aprobado por la Asamblea General
de Naciones Unidas en el año 1995 y ampliado en el año 2007 invita a los gobiernos a
facilitar que los jóvenes se involucren en foros internacionales y que consideren incluir
representantes de la juventud en sus delegaciones nacionales ante la Asamblea General
(Resolución de la Asamblea General 50/81, párrafo 107).
Asimismo, en su resolución relativa a políticas y programas de la juventud, aprobada
en 2009 (64/130), la Asamblea General urge a los Estados a considerar la posibilidad de
incluir a representantes de los jóvenes de las delegaciones nacionales que participen en
todos los debates pertinentes de la Asamblea General, el Consejo Económico y Social y
sus comisiones orgánicas, y las conferencias pertinentes de las Naciones Unidas,
cuando proceda, teniendo presentes los principios de equilibrio de género y no
discriminación, y pone de relieve que dichos representantes deben ser elegidos
mediante un proceso transparente que les garantice un mandato adecuado para poder
representar a los jóvenes de sus países.
España ha participado activamente en todas las iniciativas relacionadas con la
mejora de las condiciones de vida y la participación de los jóvenes y está firmemente
comprometida con la Agenda Juventud, Paz y Seguridad basada en la Resolución 2250
(2015) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, adoptada mientras España era
miembro no permanente del Consejo de Seguridad, que insta a los Estados miembros a
aumentar la representación inclusiva de los jóvenes en todos los niveles de adopción de
decisiones de las instituciones.
Este Programa da respuesta a la responsabilidad de las Administraciones públicas
de desarrollar políticas de juventud, puesto que todas las políticas y actividades relativas
a la juventud deben respaldar su derecho a participar en el desarrollo, la aplicación y el
seguimiento de las políticas que les afectan a través de una participación significativa de
los jóvenes y de las organizaciones juveniles. Así se refleja en el Diálogo con la juventud
de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud (2019-2027), las Metas de la
Juventud recogidas en la estrategia, que marcan los objetivos de las políticas de
juventud de los Estados miembros, y que se pone de manifiesto en el desarrollo de las
políticas de juventud en España. Y, por otra parte, recoge el mandato de garantizar que
la política de juventud global y europea se aplique teniendo presentes las interrelaciones
con los niveles regionales y locales.
En el ámbito nacional, el artículo 48 de la Constitución española establece que «los
poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la
juventud en el desarrollo político, económico y cultural».
cve: BOE-A-2023-5701
Verificable en https://www.boe.es
5701