I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Especialidades sanitarias. Programas de formación. (BOE-A-2023-5700)
Orden PCM/205/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban y publican los programas formativos de las especialidades de Psiquiatría y Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las Unidades Docentes Multiprofesionales de salud mental.
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

N.º

Sábado 4 de marzo de 2023

Competencias transversales

Instrumentos Evaluación
Ex

Ob

Au

360°

Po

Contexto de
aprendizaje

Sec. I. Pág. 32239

Actividad formativa

Recomendaciones

DOMINIO 3. PRINCIPIOS LEGALES APLICABLES AL EJERCICIO DE LAS ESPECIALIDADES EN CIENCIAS DE LA SALUD
Aplicar los aspectos éticos y legales relacionados
con el manejo de la información, la documentación
3.1
y la historia clínica para garantizar la
confidencialidad y el secreto profesional.
Aplicar los aspectos legales relacionados con la
atención sanitaria de menores, personas con
discapacidad, pacientes con capacidad reducida
3.2
para la toma de decisiones, al final de la vida y con
la adecuación del esfuerzo terapéutico y la
prestación de ayuda a morir.
3.3

Conocer el funcionamiento de las comisiones
clínicas.

3.4 Cumplimentar documentos clínico-legales.
Detectar precozmente las situaciones de violencia
3.5 de género y de abuso-maltrato y aplicar los
protocolos establecidos.
3.6

Informar y aplicar los procedimientos de voluntades
anticipadas.
Aunque secundario se podría considerar el portafolio aportando evidencias concretas.

N.º

Competencias transversales

Instrumentos Evaluación
Ex

Ob

Au

360°

Po

Contexto de
aprendizaje

Actividad formativa

Recomendaciones

DOMINIO 4. COMUNICACIÓN CLÍNICA
Informar al paciente y/o a su representante legal,
para que otorgue el consentimiento informado*,
4.1
libre y voluntario, dejando constancia en la historia
clínica.

4.3

Aplicar estrategias para la mejora de la adherencia
al tratamiento prescrito.

* Consentimiento informado: la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la
información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. En general, verbal (reflejado en la historia clínica). El consentimiento por escrito es
obligatorio en caso de: intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos u otros procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes
de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.

cve: BOE-A-2023-5700
Verificable en https://www.boe.es

Comunicar de acuerdo a diferentes situaciones y
personas
– Detectar las necesidades de información de cada
paciente, responsable legal o persona autorizada
– Adecuar la información en situaciones concretas
4.2 como: i) las malas noticias, ii) pacientes al final de
la vida, iii) pacientes de manejo difícil, iv) pacientes
con trastorno mental, v) grupos específicos de
población (niñas/os, adolescentes, personas
ancianas, en riesgo de exclusión o con
discapacidad) y otras.