III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-5667)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa del registrador de la propiedad de Madrid n.º 25, por la que se deniega la inscripción de un testimonio de auto de adjudicación de inmueble en procedimiento de ejecución hipotecaria directa, así como el mandamiento de cancelación de cargas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Viernes 3 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
5667

Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
negativa del registrador de la propiedad de Madrid n.º 25, por la que se
deniega la inscripción de un testimonio de auto de adjudicación de inmueble
en procedimiento de ejecución hipotecaria directa, así como el mandamiento
de cancelación de cargas.

En el recurso interpuesto por don M. D. A., procurador de los tribunales, en nombre y
representación de «Inmobiliaria Familia Gómez Moral, S.L.», contra la nota de
calificación negativa del registrador de la Propiedad de Madrid número 25, don Juan
Carlos Rubiales Moreno, por la que se deniega la inscripción de un testimonio de auto de
adjudicación de inmueble en procedimiento de ejecución hipotecaria directa, así como el
mandamiento de cancelación de cargas, por razón de no haberse expedido la
certificación de dominio y cargas y no haberse practicado las preceptivas notificaciones a
los titulares de cargas y gravámenes posteriores.
Hechos
I
Por testimonio expedido el día 14 de diciembre de 2020 por doña C. S. T., letrada de
la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 100 de Madrid,
comprensivo del decreto dictado con fecha 23 de noviembre de 2020 en la ejecución
hipotecaria seguida en dicho Juzgado con el número 820/2012 a instancia de «Bankinter,
S.A.» contra la sociedad «Alsemac, S.A.», se documentó la aprobación del remate a
favor de la sociedad «Inmobiliaria Familia Gómez Moral, S.L.» de una determinada finca
hipotecada del Registro de la Propiedad de Madrid número 25; y por mandamiento
expedido el mismo día por la letrada de la Administración de Justicia antedicha,
dimanante de la referida ejecución, se ordenó la cancelación de la hipoteca de la
inscripción 6.ª, modificada por la 8.ª y por la 11.ª de dicha finca que garantizaba el crédito
del ejecutante, así como la cancelación de todas las inscripciones y anotaciones
posteriores al crédito de la parte actor, incluso las que se hubieren verificado después de
haberse expedido la certificación de cargas en dicho procedimiento.
II

«Calificados conjuntamente una copia auténtica del testimonio de 14 de diciembre
de 2020 del decreto de adjudicación en pública subasta de 23 de noviembre de 2020,
número 325/2020, del Juzgado de Primera Instancia número 100 de Madrid, autos de
ejecución hipotecaria número 820/2012, seguidos a instancia de las entidades Bankinter,
S.A, y Banco Santander, S.A., por el que se adjudica la finca 11.670 de este Registro de
la Propiedad, a la entidad Inmobiliaria Familia Gómez del Moral, S.A., y copia autorizada
del mandamiento cancelatorio de igual fecha 14 de diciembre de 2020, por el que se
ordena la cancelación de la hipoteca objeto de ejecución y de las cargas posteriores,
ambos con CSV, con las cartas de pago correspondientes a la autoliquidación de los
impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y la

cve: BOE-A-2023-5667
Verificable en https://www.boe.es

Presentados los citados testimonio y mandamiento judicial en el Registro de la
Propiedad de Madrid número 25, fueron objeto de la siguiente nota de calificación
conjunta: