III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-5663)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Meco a inscribir una escritura de cambio de uso de un edificio, reforma y constitución en régimen de propiedad horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Viernes 3 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
5663

Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Meco a inscribir una escritura de cambio de
uso de un edificio, reforma y constitución en régimen de propiedad horizontal.

En el recurso interpuesto por don D. L. G.P. y doña A. J. J. M. contra la negativa de la
registradora de la Propiedad de Meco, doña Alicia Solesio Jofre de Villegas, a inscribir
una escritura de cambio de uso de un edificio, reforma y constitución en régimen de
propiedad horizontal.
Hechos

El día 17 de abril de 2018 se autorizó por el notario de Alcalá de Henares, don Jesús
Domínguez Rubira, con el número 1.244 de protocolo, una escritura en virtud de la cual
don D. L. G. P. y doña A. J. J. M., en su condición de titulares registrales de la finca
número 3.662 del Registro de la Propiedad de Meco (finca urbana sobre la que se
encontraba construida una edificación compuesta por una planta baja destinada a local
comercial y una planta primera destinada a vivienda, distribuida en varias habitaciones y
dependencias), formalizaron el cambio de uso del edificio comercial para residencial, la
reforma del mismo para la habilitación de siete viviendas y su división horizontal en siete
elementos privativos.
Se adjuntaba a la escritura licencia municipal de obras, certificado de eficiencia
energética, libro del edificio, certificación catastral descriptiva y gráfica y sendos
certificados expedidos por el arquitecto, autor del proyecto y director de obra, en los que
identificaba, por un lado, la porción de suelo ocupada por la edificación mediante sus
coordenadas gráficas georreferenciado y, por otro, hacía constar la terminación de la
obra conforme al proyecto, de donde resultaba que la superficie construida es de 422,34
metros cuadrados.
Dicha finca figuraba inscrita con la siguiente descripción: «Urbana.–Porción de
terreno de ciento setenta y seis metros con cincuenta decímetros cuadrados situado en
Camarma de Esteruelas [Madrid], en la calle (…), señalada con el número (…) en
Catastro. Linderos: frente, por donde tiene su acceso, con la calle (…); derecha
entrando, con resto de finca matriz; izquierda, con finca de don (…); y fondo, con resto
de la finca matriz destinado a calle pública de nueva creación. Sobre la parcela se ha
construido la siguiente edificación: Casa sita en Camarma de Esteruelas y su calle (…),
compuesta de planta baja y principal, ocupando una superficie construida en planta baja
de ciento setenta y dos metros cuadrados, y una superficie construida en planta primera
de ciento cuarenta y un metros cuadrados. La planta baja se destina a local comercial y
la primera a vivienda, distribuida en varias habitaciones y dependencias. Linda por todos
sus aires con la finca en que está ubicada, destinando la parte no edificada a jardín.
Dicha edificación está dotada de los servicios sanitarios, agua corriente y luz eléctrica».
La referida obra nueva fue declarada e inscrita en el año 1987.
La mencionada escritura ya fue presentada con anterioridad en el Registro de la
Propiedad de Meco, donde fue objeto de una calificación negativa que, a su vez, fue
recurrida ante esta Dirección General, que, en Resolución de fecha 30 de mayo de 2022
desestimó el recurso interpuesto y confirmó la calificación impugnada.
Como consecuencia de ello, se autorizó el día 21 de julio de 2022 por el mismo
notario de Alcalá de Henares, don Jesús Domínguez Rubira, con el número 4.662 de

cve: BOE-A-2023-5663
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