III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-5682)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para regular la colaboración de ambas entidades en el programa Kit Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Viernes 3 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 32149

electrónica, presencia avanzada en internet, comunicaciones seguras, automatización de
procesos y ciberseguridad.
IV. La Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las
bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas
empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la
Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –financiado por la Unión
Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital), establece en su artículo 24 que
Red.es es el organismo público competente para la concesión de las ayudas del
Programa Kit Digital.
La gestión del programa incluye la necesaria comprobación por parte de Red.es de
que los solicitantes cumplen con los requisitos que se establezcan en las
correspondientes convocatorias, entre ellos los referidos a la condición de pyme, el
número de empleados o su situación de crisis.
V. Asimismo, en la citada Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, modificada
por Orden ETD/734/2022, de 26 de julio se establece en su artículo 14.2 que el Colegio
de Registradores el carácter de entidad colaboradora para aquellas tareas necesarias
para la comprobación de determinados requisitos de los solicitantes de las ayudas del
Programa Kit Digital.
El presente Convenio responde a la obligación establecida en el artículo 16 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones de formalizar un convenio
de colaboración entre el órgano administrativo concedente y la entidad colaboradora
para regular las condiciones y obligaciones asumidas por esta.
Que, atendiendo a lo expuesto anteriormente las Partes acuerdan suscribir el
presente Convenio (en adelante «el Convenio») de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones y obligaciones que
asume el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de
España como entidad colaboradora de las ayudas concedidas en el marco del Programa
Kit Digital, así como establecer el marco general de la colaboración entre el Colegio de
Registradores y Red.es para la comprobación de que los solicitantes de las ayudas
contempladas en el mencionado programa cumplen con determinados requisitos
establecidos en la orden de bases y en las convocatorias.
Segunda.

Régimen Jurídico.

El presente Convenio está sometido a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones; y en particular a sus artículos 12 y 16, que regulan las entidades
colaboradoras y los convenios con entidades colaboradoras, sin perjuicio de lo dispuesto
en el capítulo VI, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 octubre.

La norma reguladora de las ayudas del Programa Kit Digital es la Orden
ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la
concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y
personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el
Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia de España –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU
(Programa Kit Digital) (en lo sucesivo, la «Orden de Bases» o las «Bases Reguladoras»),
modificada posteriormente por la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio.

cve: BOE-A-2023-5682
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Norma reguladora de las subvenciones.