III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-5688)
Resolución de 24 de febrero de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto de Salud Carlos III, relativo a la contratación precomercial de servicios de i+d, en el ámbito de plataformas de biorreactores de un solo uso para producción de biofármacos basados en células autólogas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 32172

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y finalidad del convenio.
El CDTI y el ISCIII resuelven colaborar activamente en un proceso de contratación
pública precomercial para la consecución de los siguientes objetivos:
– Solucionar, mediante la contratación de servicios de I+D, la necesidad pública
detectada por el ISCIII en el ámbito de sus competencias y definida en el anexo 1 del
presente convenio, que no puede ser satisfecha a través de los productos o soluciones
existentes en el mercado.
– Cooperar en la búsqueda de la solución tecnológica más adecuada para resolver
la referida necesidad pública.
– Promover la innovación tecnológica en el análisis de nuevas oportunidades de Compra
Pública Innovadora que interesen al Consorcio de Terapias Avanzadas del ISCIII.
– Estimular y promover el desarrollo de tecnologías aplicadas a las citadas
necesidades.
Este convenio se enmarca en la inversión C17. I3 «Nuevos proyectos I+D+i Publico
Privados, Interdisciplinares, Pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia
de convocatorias competitivas internacionales. I+D de vanguardia orientada a retos de la
sociedad. Compra pública pre-comercial» dentro del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España, Componente 17: Reforma de capacidades del
sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación. Según se detalla en el anexo de la
Decisión de Ejecución del Consejo (CID), el objetivo de las acciones en el marco de esta
inversión es reforzar la generación y la transferencia de conocimientos, así como la
asociación público-privada en I+D+i. A través de estas acciones se intensificarán las
actividades de investigación e innovación en el sector privado y se reforzará la
colaboración entre los organismos públicos de investigación y el sector privado. La
medida también pretende aumentar la actividad de I+D+i en ámbitos estratégicos tales
como la transición verde y digital, así como aumentar la internacionalización de los
grupos de investigación españoles. Este convenio forma parte de las actuaciones para
financiar la contratación pública precomercial denominada Alianza para la Innovación
incluida en la parte descriptiva de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID).
A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del
principio de «no causar un perjuicio significativo» (DOC 58 de 18 de febrero de 2021,
p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las
convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i)
las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de
los mismos; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de
emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de
gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los
parámetros de referencia pertinentes; iii) las actividades relacionadas con vertederos de
residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico; y iv) las actividades
en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio
ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse
aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE
pertinente.
Las siguientes acciones de I+D+i deberán considerarse conformes con la Guía
Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo »
(DOC 58 de 18 de febrero de 2021, p. 1): i) las acciones de I+D+i que den lugar a
resultados tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I+D+i en
el marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre

cve: BOE-A-2023-5688
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 53