III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-5566)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Jueves 2 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 31521

marco de colaboración entre la Dirección General del Catastro y los Colegios de
Graduados Sociales.
Séptimo.
El presente convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
En consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente
convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio establecer la colaboración, en régimen de
encomienda de gestión, entre la Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia
Territorial del Catastro de Granada (en adelante Gerencia) y el Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Granada (en adelante Colegio).
El convenio prevé compromisos con relación a las actuaciones de asistencia a los
clientes que les formulen el correspondiente encargo profesional para la confección y
presentación de declaraciones catastrales, con utilización del asistente de declaraciones
y el asistente gráfico, en su caso, así como para la obtención del Informe de Validación
Gráfica. Por otra parte, se contemplan actuaciones de asistencia a sus clientes en la
comparecencia electrónica para ser notificados, así como el compromiso de
establecimiento de un Punto de Información Catastral en la sede colegial o, en su caso,
en las Delegaciones Provinciales que formen parte de la demarcación colegial.
Documentación gráfica de la definición de los bienes inmuebles.

El Colegio pondrá a disposición de la Gerencia y de la Dirección General del
Catastro, por procedimientos telemáticos, en los formatos digitales que determine ésta,
la documentación gráfica digital de que disponga de los bienes inmuebles objeto de sus
encargos profesionales y con trascendencia catastral.
Dicha documentación se reflejará sobre la cartografía oficial de la Dirección General
del Catastro y contendrá la referencia catastral, superficies, usos y designación, en su
caso, de los distintos bienes inmuebles. Asimismo, irá acompañada del correspondiente
Informe de Validación Gráfica positivo cuando las alteraciones sobre los inmuebles
afecten al parcelario catastral y de la documentación que acuerde el Consejo General de
Colegios de Graduados Sociales de España.
Para el cumplimiento de este compromiso, la Dirección General del Catastro
permitirá el acceso de los colegiados, en régimen de encomienda de gestión, a las
aplicaciones catastrales gráficas, en particular el asistente gráfico, que permitan la
generación de la cartografía en los formatos mencionados y la obtención del
correspondiente Informe de Validación Gráfica.
A dicha información se añadirá, según proceda, el documento de conformidad
expresa de todos los colindantes afectados por la alteración catastral de las parcelas o,
en su defecto, del mayor número posible de ellos; pudiendo utilizarse para ello el modelo
de conformidad de colindantes disponible en la Sede Electrónica del Catastro, la
correspondiente certificación final de obra; el presupuesto de obra; y la fotografía digital
de las fachadas más significativas, en los casos de bienes inmuebles con
construcciones.

cve: BOE-A-2023-5566
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.