I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Presupuestos. (BOE-A-2023-5483)
Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023.
86 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Jueves 2 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 31330

3. Las retribuciones del personal directivo de las entidades del sector público
instrumental, siempre que no desempeñe un puesto de alto cargo de la Administración
de la Generalitat, se sujetarán a lo dispuesto en el Decreto 95/2016, de 29 de julio, del
Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del
sector público instrumental de la Generalitat.
A los efectos de lo previsto en el artículo 34 de esta ley, las citadas retribuciones no
se integrarán en la masa salarial de sus respectivas entidades.
El establecimiento o modificación de las retribuciones del personal directivo de los entes
que integren el sector público instrumental requerirá informe favorable de las consellerias que
tengan asignadas las competencias en materia de hacienda y de sector público.
4. Conforme a lo establecido en el artículo 142 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de
la Generalitat, de la Función Pública Valenciana, el personal funcionario declarado en
servicios especiales por ser miembro del Consell, o alto cargo de la Administración de la
Generalitat, tendrá derecho a la percepción, referida a catorce mensualidades, de los
trienios que pudiera tener reconocido como personal funcionario, los cuales se abonarán
con cargo a los créditos que se incluyen al efecto en los estados de gastos.
Artículo 31. Retribuciones del personal funcionario de la Generalitat incluido en el
ámbito de aplicación de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de esta ley, y de acuerdo con
lo previsto en la disposición final cuarta de la Ley 4/2021, de 16 de abril, las retribuciones
a percibir en el año 2023 por el personal funcionario incluido en el ámbito de aplicación
del presente artículo serán las siguientes:
a) El sueldo y los trienios, que correspondan al grupo o subgrupo de clasificación
profesional de pertenencia del personal a que se refiere el presente artículo, de acuerdo
con las siguientes cuantías referidas a doce mensualidades, a percibir en las nóminas
ordinarias de enero a diciembre de 2023:
Grupo/Subgrupo

Grupo Ley 30/1984

Sueldo (euros)

Trienios (euros)

A1

A

15.459,72

595,08

A2

B

13.367,76

485,28

B



11.685,24

425,76

C1

C

10.036,92

367,32

C2

D

8.353,56

250,08

E

7.645,68

188,16

Agrupaciones profesionales.

b) Las pagas extraordinarias, que se percibirán conforme a lo dispuesto en el
artículo 29.c de esta ley, se ajustarán cada una de ellas a las siguientes cuantías:

Grupo/Subgrupo

Grupo Ley 30/1984

Sueldo (euros)

Trienios (euros)

A1

A

795,00

30,61

A2

B

812,45

29,48

B



841,63

30,68

C1

C

722,91

26,42

C2

D

689,78

20,62

E

637,14

15,68

Agrupaciones profesionales.

cve: BOE-A-2023-5483
Verificable en https://www.boe.es

– En concepto de sueldo y trienios: