III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-5457)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre acumulación de horas de lactancia en el ámbito de la Comunidad de Madrid, del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 30979

trabajo, considerando estos como periodos enteros, según la siguiente tabla, siempre
que al menos permanezca en el centro hasta los 5 meses del lactante:
Hasta x meses Días naturales

9

27

8

24

7

21

6

18

5

15

9. En cuanto al personal con contrato de sustitución, en caso de que opte por la
acumulación en jornadas completas, si la finalización del contrato se produce antes de que el
lactante cumpla 9 meses, se le descontará de la nómina la parte proporcional de los días de
lactancia acumulada que no le hubieran correspondido. Este supuesto será de aplicación
también en los casos en los que el personal haya disfrutado de la acumulación del permiso y
cause baja de forma sobrevenida antes de que el lactante cumpla 9 meses.
10. Para que este Acuerdo pueda ser aplicado al personal docente que se encuentre de
alta en el sistema de pago delegado, es necesario que la Consejería de Educación de Madrid se
comprometa al pago de la nómina de la persona trabajadora que disfrute del permiso de
lactancia de forma acumulada, así como al abono de las nóminas del personal sustituto,
incluyendo el supuesto regulado en el punto 7, dictando unas Instrucciones para ello.
Cuarto.
Que en virtud de los establecido en el n.º 6 de la Disposición Adicional Octava del VII
Convenio Colectivo citado, las organizaciones firmantes acuerdan por unanimidad remitir
el presente Acuerdo a la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo, con el fin de
depositarlos en la Dirección General de Trabajo del Ministerio para su posterior
publicación en el BOE.
Lo que se suscribe en Madrid, el 19 de diciembre de 2022.
Por ASOCIACIÓN EDUCACIÓN Y GESTIÓN Madrid

Fdo.–

Por CECE Madrid

Fdo.–
Por UCETAM

Fdo.–
Por FSIE Madrid

Fdo.–

Por FEUSO Madrid

Fdo.–
Por UGT-SP Enseñanza Madrid

Fdo.–

https://www.boe.es

Por FEM CCOO Madrid

Fdo.–

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-5457
Verificable en https://www.boe.es

Fdo.–

Por FACEPM