III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-5457)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre acumulación de horas de lactancia en el ámbito de la Comunidad de Madrid, del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
5457

Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Acuerdo sobre acumulación de horas de
lactancia en el ámbito de la Comunidad de Madrid, del VI Convenio colectivo
de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con
fondos públicos.

Visto el texto del Acta de 19 de diciembre de 2022 en la que se contiene el acuerdo
sobre acumulación de horas de lactancia en el ámbito de la Comunidad de Madrid,
remitido por la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza
privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de convenio n.º
99008725011994), dando cumplimiento a lo previsto en el propio convenio del sector.
Acta que fue suscrita, de una parte por las organizaciones empresariales EyG, CECE,
UCETAM y FACEPM en representación de las empresas del sector, y de otra por los
sindicatos FSIE, FEUSO, UGT-SP Enseñanza y FEM-CC.OO. en representación de los
trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a
través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión
Paritaria.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de febrero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
ACUERDO ACUMULACIÓN HORAS DE LACTANCIA AL AMPARO DEL ARTICULO 44
y DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA APARTADO SEXTO DEL VII CONVENIO
COLECTIVO Y DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES VIGENTE.
COMUNIDAD DE MADRID

Las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que
podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla
nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos
de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples. Quien
ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada
en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.

cve: BOE-A-2023-5457
Verificable en https://www.boe.es

Primero.