III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Premios. (BOE-A-2023-5475)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se convoca el Premio Nacional del Cómic, correspondiente a 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
5475

Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Libro y
Fomento de la Lectura, por la que se convoca el Premio Nacional del Cómic,
correspondiente a 2023.

La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995, establece, en su
apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente
por el Ministerio de Cultura y Deporte, en distintas actividades culturales, entre los que
se encuentra el Premio Nacional del Cómic.
Asimismo, la citada orden establece que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de
los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha
pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el apartado primero, en relación con los
apartados noveno y undécimo de la Orden de 22 de junio de 1995, y en atención a las
funciones que le corresponden a la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura,
de conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, relativas al
estudio y propuestas de actuaciones en relación con la industria editorial y del libro en
general y para la promoción y ayuda a la creación literaria, en particular, mediante
convocatoria y concesión de becas, premios y cualquier otro tipo de estímulos,
Esta Dirección General resuelve:
Convocar el Premio Nacional del Cómic, correspondiente al año 2023, de
conformidad con lo siguiente:
Objeto y finalidad del premio.

El Premio Nacional del Cómic distinguirá la mejor obra de este medio creada por
autoras o autores españoles, en cualquiera de las lenguas oficiales españolas, publicada
en España en su primera edición entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, que
haya cumplido los requisitos legales establecidos para su difusión. Se considerará como
fecha de publicación la que aparezca en el área de mención de edición. En caso de no
indicarse la fecha en el área de mención de edición, se tendrá en cuenta la que figure en
el número de Depósito Legal, en el copyright o en otras fuentes del propio libro que
acrediten de forma lógica el año efectivo de su publicación.
Quedan excluidas, con carácter general, las antologías que constituyan una
selección de fragmentos de obras ya publicadas en forma de libro, sólo podrán
considerarse una obra inédita incluida en la antología.
Asimismo, en el caso de las denominadas «obras completas» y las recopilaciones de
obras sólo podrá ser tenida en consideración una obra inédita incluida en las «obras
completas» o recopilaciones de obras.
También quedarán excluidas las obras colectivas en las que participen más de tres
autores o autoras.
Segundo.

Dotación económica.

La dotación económica del Premio Nacional del Cómic es de 30.000 euros, de
conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero, punto 1, de la Orden de 22 de junio
de 1995. La cuantía económica del premio no podrá dividirse.

cve: BOE-A-2023-5475
Verificable en https://www.boe.es

Primero.