III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-5354)
Resolución de 21 de febrero de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización del programa de Residencias Dramáticas del Centro Dramático Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30259

● Además, AC/E abonará a cada beneficiaria/o un importe de 1.350,00 € (mil
trescientos cincuenta euros), más el IVA que en su caso corresponda, por estancia, en
concepto de producción y otros gastos locales.
Dicho importe será abonado por AC/E una vez finalizada la estancia, previa
presentación por la/el residente de la correspondiente factura, que habrá de venir
acompañada de un informe sobre los resultados y beneficios de la residencia en el
exterior.
– Asumir el pago de los siguientes gastos derivados del programa de encuentro en
Madrid con gestoras/es programadoras/es culturales internacionales:
● Traducción, sobretitulado y otros gastos de producción previamente aprobados por
AC/E de la programación del encuentro internacional.
● El traslado y alojamiento de la residente elegida en la 3.ª edición de Residencias
dramáticas con domicilio fuera de Madrid, para que pueda asistir al encuentro
internacional de profesionales.
– Cubrir los gastos de traslado y alojamiento de la residente procedente de fuera de
Madrid elegida en la 3.ª edición de Residencias dramáticas durante sus estancias en la
ciudad, previamente aprobadas por AC/E, para las lecturas dramatizadas de los textos
de las/los residentes, a las que estarán invitadas todas las instituciones internacionales
que colaboran en el programa de Residencias Dramáticas (Academia de Cine, British
Council, Goethe Institut, Instituto Cervantes, Institut FranÇais, Istituto Italiano di Cultura,
La Chartreuse, Maxim Gorki Theater, Münchner Kammerspiele, Real Academia de
España en Roma, Royal Court y Teatro di Roma), además de agentes culturales,
nacionales e internacionales, de primer nivel.
La estimación económica de la participación de AC/E se cuantifica en un máximo
de 33.000,00 € (treinta y tres mil euros), IVA no incluido.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.

Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión del
proyecto objeto de colaboración.
En toda la promoción y difusión habrá de figurar el nombre y el logotipo de las
instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean
necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes
promocionales en que se han de incluir los mismos.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio, así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por la/el titular de dirección adjunta del CDN o persona en quien
delegue; y por AC/E, la/el titular de dirección de programación o persona en quien
delegue.
Sexta.

Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el

cve: BOE-A-2023-5354
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.