III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-5354)
Resolución de 21 de febrero de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización del programa de Residencias Dramáticas del Centro Dramático Nacional.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30258

residentes. Paralelamente, se programarán visitas a otras posibles instituciones
culturales/escénicas, así como asistencia a funciones en los teatros de la ciudad visitada.
Tercera.

Actuaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, el INAEM se encargará de la
producción ejecutiva de la 3.ª edición del programa Residencias dramáticas, corriendo
con los siguientes gastos y compromisos de gestión del proyecto:
– Gastos derivados de las residencias de las cuatro personas seleccionadas,
conforme a las condiciones del concurso publicitado por el CDN, lo que implica el pago
de 6.500,00 € (seis mil quinientos euros) para personas con residencia en Madrid
y 7.200,00 € (siete mil doscientos euros) para personas con residencia fuera de Madrid.
– Comunicación y publicidad.
– La interlocución y acuerdo con las instituciones receptoras en Europa, a través del
CDN, contando para ello con la asistencia de AC/E y la colaboración de la Academia de
Cine, British Council, Goethe Institut, Instituto Cervantes, Institut FranÇais, Istituto
Italiano di Cultura, La Chartreuse, Maxim Gorki Theater, Münchner Kammerspiele, Real
Academia de España en Roma, Royal Court y Teatro di Roma, entre otros.
– Asimismo, una vez definido por el CDN el programa de estancias en Europa de las
cuatro personas beneficiarias (dos estancias máximo por residente), el INAEM, a través
del CDN, se compromete a remitir a AC/E una memoria con información detallada sobre
las instituciones receptoras, los destinos acordados por persona beneficiaria y el
programa de actividades previsto, entre otros aspectos de interés.
Los compromisos del INAEM asociados a contratación centralizada ascienden a un
máximo de 23.300 € (veintitrés mil trescientos euros), IVA incluido, con cargo a las
siguientes aplicaciones presupuestarias del ejercicio 2023:
24.107.335B.230.01
24.107.335B.231.01
24.107.335A.280.17
24.107.335B.280.32
La estimación económica de la participación del INAEM no vinculada a contratación
centralizada se cuantifica en un máximo de 26.700 € (veintiséis mil setecientos euros),
IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335B.280.12,
ejercicio 2023.
Por su parte, AC/E se compromete a:

● El traslado desde España hasta la ciudad de destino en Europa y regreso, así
como el alojamiento para un periodo estimado de entre una y dos semanas cuando no
sea proporcionado por la sede receptora en el exterior, que serán gestionados por AC/E
conforme a la normativa de viajes que le sea aplicable.
Solo en el caso de la primera residencia ya programada por el CDN en el primer
trimestre de 2023, en la Real Academia de España en Roma, los traslados serán
asumidos por el CDN y el alojamiento por la entidad receptora.

cve: BOE-A-2023-5354
Verificable en https://www.boe.es

– Cubrir los siguientes gastos derivados del programa de estancias en el extranjero
para las cuatro dramaturgas/os seleccionadas/os en la edición del año 2023: traslado,
alojamiento -en caso de que no sea proporcionado por la institución receptora- y pago de
un importe único por estancia en concepto de producción y otros gastos locales, de
acuerdo con lo que a continuación se especifica: