III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-5356)
Resolución de 20 de febrero de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para el apoyo al desarrollo innovador del Human Brain Project.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30264

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la firma
de la presente Adenda en nombre de las entidades que representan, y
EXPONEN
I. Que la UPM es una universidad de derecho público y por tanto sus fines se
centran en la prestación del servicio público de la educación superior mediante la
docencia, el estudio y la investigación, fundamentalmente en las áreas de ingeniería y
arquitectura.
II. Que el ISCIII es un Organismo Público de Investigación que asume la
planificación, fomento y coordinación de la investigación y la innovación biomédica y
sanitaria, así como la prestación de servicios científico-técnicos de referencia en el
ámbito de la salud pública, y tiene entre sus funciones el desarrollo de actividades de
investigación que conllevan la formación de personal investigador.
III. Que la UPM ostenta la condición de beneficiario de la ayuda europea con Título
«Human Brain Project Framework Partnership Agreement», y acrónimo HBP FPA, en el
marco del programa H2020 (en adelante, FPA), por el que se firmó el acuerdo marco de
asociación de referencia 650003.
IV. Que, sobre la base del FPA, la UPM ha firmado el acuerdo de subvención de
referencia 945539, con título «Human Brain Project Specific Grant Agreement 3», y
acrónimo HBP SGA3, en el marco del programa H2020, convocatoria H2020-SGAFETFLAG-HBP-2019 (en adelante, «el Proyecto»).
V. Que la UPM y el ISCIII firmaron el 17 de febrero de 2021 un convenio para el
apoyo al desarrollo innovador del Human Brain Project (HBP), inscrito en el registro de
convenios con número de expediente RCN-CIN202100049 y que fue publicado en el
boletín oficial del estado (BOE) en la disposición 3132 del 27 de febrero de 2021, (en
adelante, «el Convenio»).
VI. Que el ISCIII ha sido admitido como «third party» de la UPM tal y como se
establece en el apartado 4.2.3.4 (P68: UPM and Instituto de Salud Carlos III (ISCIII)) del
acuerdo específico número 945539 de HBP SGA3.
VII. Que la cláusula novena del Convenio establece que la modificación del
contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
VIII. Que la presente Adenda se realiza al amparo de lo dispuesto en el artículo 34
de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada
por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre.
IX. Que, por todo ello, es intención de las Partes, formalizar la presente adenda (en
adelante, «la Adenda») para regular específicamente la participación del ISCIII en el
Proyecto en cumplimiento del Programa H2020, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto de esta Adenda es modificar la cláusula segunda del Convenio, que regula
las obligaciones de las partes.
Obligaciones de las partes.

Se modifica el apartado 1.c) de la cláusula segunda, quedando de la siguiente
manera:
«c) Utilizar hasta 41.000 euros provenientes de HBP en la fase SGA3
adjudicados a la UPM para la realización por parte del ISCIII de las actividades
relacionadas en el Anexo 1, de acuerdo con los conceptos de elegibilidad de

cve: BOE-A-2023-5356
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.