III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-5361)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón-Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset, para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Gobierno y Administración Pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Martes 28 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 30314
Con el fin de poder realizar las necesarias previsiones económicas, se indica como
referencia el precio de matrícula autorizado para el curso 2021-2022, que asciende a:
– para la modalidad presencial, 85 euros por crédito ECTS tanto para estudiantes
residentes en territorio español o en el EEES como para estudiantes no residentes, lo
que hace un total de 5.100 euros.
– para la modalidad a distancia, 69 euros por crédito ECTS tanto para estudiantes
residentes en territorio español o en el EEES como para estudiantes no residentes, lo
que hace un total de 4.140 euros. Esta modalidad no dará comienzo hasta el
curso 2023-2024.
Serán de aplicación las reducciones y beneficios en el régimen de precios que se
recojan cada año en la Resolución de la UIMP por la que se establece la cuantía de los
precios a satisfacer por la prestación de los servicios académicos universitarios
conducentes a la obtención de los títulos universitarios oficiales de posgrado.
Se estará a lo establecido en la normativa propia vigente de la UIMP en cuanto a
política de repeticiones, y en cuanto al incremento del precio de las segundas y terceras
matrículas.
El importe de la matrícula –precio correspondiente por crédito matriculado en
primera, segunda o sucesivas matrículas– será abonado por los alumnos a la UIMP.
II.
Tasas administrativas.
El alumnado abonará a la UIMP, según los importes oficiales vigentes y dentro de los
plazos establecidos a tal fin, los derechos económicos obligatorios por los servicios
administrativos correspondientes a la apertura del expediente académico y gastos de
secretaría, y en su caso el seguro escolar, así como los que correspondan por otros
servicios que el alumno pueda solicitar (emisión de títulos y duplicados, certificaciones
académicas, etc.).
III. Becas.
Los alumnos que soliciten beca oficial para sus estudios de posgrado al Ministerio
que tenga la competencia para dicha convocatoria justificarán este hecho y no abonarán
ningún importe en concepto de matrícula en el momento de su inscripción, debiendo
abonar la matrícula exclusivamente en el caso de que no se les conceda la beca
solicitada.
En el caso de que el alumno resulte beneficiario de una beca del citado Ministerio no
deberá abonar ninguna cantidad en concepto de matrícula, salvo que la correspondiente
convocatoria prevea otra circunstancia.
Los alumnos del Máster podrán beneficiarse además de cualquier otra convocatoria
de becas y ayudas tanto de la UIMP como de otras instituciones en virtud de lo
establecido en la correspondiente convocatoria y normativa aplicable.
Seguro.
Los estudiantes quedarán cubiertos por el seguro escolar en el caso de que estén
dentro del rango de edad de aplicación de dicho seguro. La gestión del referido seguro
escolar será responsabilidad de la UIMP. Este seguro resultará también de aplicación
para aquellos casos en los que el Máster se imparte en modalidad a distancia.
Por su parte, ambas instituciones se asegurarán de que todos aquellos estudiantes a
los que por su edad no les sea de aplicación el seguro escolar estén cubiertos por una
póliza de accidentes con similares coberturas a las de dicho seguro, contratando una
póliza con cargo al presupuesto del Máster o comprobando que cada estudiante la haya
contratado individualmente.
cve: BOE-A-2023-5361
Verificable en https://www.boe.es
IV.
Núm. 50
Martes 28 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 30314
Con el fin de poder realizar las necesarias previsiones económicas, se indica como
referencia el precio de matrícula autorizado para el curso 2021-2022, que asciende a:
– para la modalidad presencial, 85 euros por crédito ECTS tanto para estudiantes
residentes en territorio español o en el EEES como para estudiantes no residentes, lo
que hace un total de 5.100 euros.
– para la modalidad a distancia, 69 euros por crédito ECTS tanto para estudiantes
residentes en territorio español o en el EEES como para estudiantes no residentes, lo
que hace un total de 4.140 euros. Esta modalidad no dará comienzo hasta el
curso 2023-2024.
Serán de aplicación las reducciones y beneficios en el régimen de precios que se
recojan cada año en la Resolución de la UIMP por la que se establece la cuantía de los
precios a satisfacer por la prestación de los servicios académicos universitarios
conducentes a la obtención de los títulos universitarios oficiales de posgrado.
Se estará a lo establecido en la normativa propia vigente de la UIMP en cuanto a
política de repeticiones, y en cuanto al incremento del precio de las segundas y terceras
matrículas.
El importe de la matrícula –precio correspondiente por crédito matriculado en
primera, segunda o sucesivas matrículas– será abonado por los alumnos a la UIMP.
II.
Tasas administrativas.
El alumnado abonará a la UIMP, según los importes oficiales vigentes y dentro de los
plazos establecidos a tal fin, los derechos económicos obligatorios por los servicios
administrativos correspondientes a la apertura del expediente académico y gastos de
secretaría, y en su caso el seguro escolar, así como los que correspondan por otros
servicios que el alumno pueda solicitar (emisión de títulos y duplicados, certificaciones
académicas, etc.).
III. Becas.
Los alumnos que soliciten beca oficial para sus estudios de posgrado al Ministerio
que tenga la competencia para dicha convocatoria justificarán este hecho y no abonarán
ningún importe en concepto de matrícula en el momento de su inscripción, debiendo
abonar la matrícula exclusivamente en el caso de que no se les conceda la beca
solicitada.
En el caso de que el alumno resulte beneficiario de una beca del citado Ministerio no
deberá abonar ninguna cantidad en concepto de matrícula, salvo que la correspondiente
convocatoria prevea otra circunstancia.
Los alumnos del Máster podrán beneficiarse además de cualquier otra convocatoria
de becas y ayudas tanto de la UIMP como de otras instituciones en virtud de lo
establecido en la correspondiente convocatoria y normativa aplicable.
Seguro.
Los estudiantes quedarán cubiertos por el seguro escolar en el caso de que estén
dentro del rango de edad de aplicación de dicho seguro. La gestión del referido seguro
escolar será responsabilidad de la UIMP. Este seguro resultará también de aplicación
para aquellos casos en los que el Máster se imparte en modalidad a distancia.
Por su parte, ambas instituciones se asegurarán de que todos aquellos estudiantes a
los que por su edad no les sea de aplicación el seguro escolar estén cubiertos por una
póliza de accidentes con similares coberturas a las de dicho seguro, contratando una
póliza con cargo al presupuesto del Máster o comprobando que cada estudiante la haya
contratado individualmente.
cve: BOE-A-2023-5361
Verificable en https://www.boe.es
IV.