III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-5360)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón-Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset, para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Bioética Clínica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30300

En virtud de lo expuesto, los intervinientes acuerdan la suscripción del presente
convenio, según las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la FOM
para el desarrollo conjunto del título oficial denominado Máster universitario en Bioética
Clínica (en adelante, el Máster).
Para llevar a cabo la programación, organización, divulgación y desarrollo del Máster,
y con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica,
solvencia organizativa y prestigio profesional, ambas instituciones colaborarán en el
orden académico, técnico, económico y logístico de acuerdo con lo que se establece en
las cláusulas siguientes.
Actuaciones de cada una de las partes. Aspectos académicos
Segunda.

Plan de estudios.

I. La UIMP y la FOM han diseñado el plan de estudios del Máster de conformidad
con lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, –concretamente, en cuanto al diseño, en el
artículo 17 del citado Real Decreto–, así como en la normativa propia de la UIMP en
materia de títulos oficiales de posgrado. La referida normativa será la de referencia en
todo lo relativo a los aspectos académicos del Máster.
El Máster ha sido sometido a los procedimientos necesarios de acuerdo con lo
establecido en la legislación vigente para la obtención de la autorización del Ministerio de
Universidades de implantación como titulación oficial de la UIMP y en concreto a los
siguientes:

II. El Máster tiene una carga lectiva de 60 créditos del Sistema Europeo de
Transferencia de Créditos (ECTS, en sus siglas en inglés).
La estructura docente del Máster, así como su modalidad de impartición, será la
aprobada en la memoria de verificación de ANECA, teniendo en cuenta las variaciones
que sea necesario realizar por exigencia de la ANECA o del Ministerio de Universidades
en el proceso de renovación de la acreditación, o las que se recojan, en su caso, en las
memorias de modificación que puedan plantearse en el futuro.
Tercera.

Comisión Académica del Máster.

Se constituirá una Comisión Académica del Máster, que se regulará en cuanto a su
composición y funciones por lo establecido en la normativa de títulos oficiales de
posgrado de la UIMP.

cve: BOE-A-2023-5360
Verificable en https://www.boe.es

– Evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de Calidad y Acreditación (en
adelante, ANECA) con informe favorable de 9 de septiembre de 2020.
– Verificación del Consejo de Universidades con resolución de verificación positiva
(pendiente de publicación).
– Autorización de implantación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
(plan de estudios pendiente de publicación en el BOE).
– Aprobación por el Gobierno del carácter oficial del título e inscripción en el Registro
de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) (pendiente).