I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Control tributario y aduanero. (BOE-A-2023-5080)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 28989

operadores económicos autorizados y los operadores que se benefician del uso de los
procedimientos simplificados previstos en el código aduanero de la Unión, las
autorizaciones de garantía global, y los regímenes especiales.
En materia de Impuestos Medioambientales, y por lo que se refiere al Impuesto sobre
el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, se desarrollarán actuaciones de
verificación del requisito de presentación del modelo de declaración.
Asimismo, se impulsará la comprobación del cumplimiento de las obligaciones
tributarias derivadas de los Impuestos sobre la Producción de Combustible Nuclear
gastado y Residuos Radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica,
y sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en
instalaciones centralizadas.
En el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero se controlará de
forma particular la utilización por los obligados tributarios de la figura de almacenista de
gases fluorados, corrigiendo un uso indebido de esta figura y evitando el retardo de los
ingresos tributarios a la Hacienda Pública. Asimismo, se verificará la correcta
presentación de las autoliquidaciones por fabricantes y adquirentes intracomunitarios de
este impuesto.
En el Impuesto sobre los Envases de Plástico no Reutilizables se verificará el
cumplimiento de la obligación de presentación de las autoliquidaciones por fabricantes y
adquirentes intracomunitarios de productos sujetos a este impuesto.
Finalmente, en el ámbito del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos,
la Incineración y la Coincineración de Residuos se comprobará de forma particular el
cumplimiento de la obligación de la presentación de autoliquidaciones por los gestores
de vertederos e instalaciones de incineración y coincineración en el ámbito territorial de
aplicación del impuesto gestionado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
C. Prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales.
Actuaciones de Vigilancia Aduanera.
Para la consecución del objetivo general de la Agencia Tributaria en relación con la
prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales, durante el
año 2023 la Agencia Tributaria desarrollará específicamente una serie de actuaciones
encaminadas a la neutralización de las actividades de delincuencia organizada, a
menudo transfronterizas, actuando de manera integral contra las estructuras logísticas,
financieras y patrimoniales de las organizaciones criminales.
La UE apoya la plataforma para la lucha contra la delincuencia organizada y las
formas graves de delincuencia (EMPACT) para hacer frente a las redes delictivas,
principalmente para la lucha contra las operaciones financieras delictivas, el blanqueo de
capitales y la recuperación de activos, las nuevas sustancias psicoactivas y las drogas
sintéticas, y las redes delictivas de alto riesgo.
En relación con el contrabando, el tráfico de drogas continúa siendo la primera
actividad, por orden de importancia, del crimen organizado en España. Las áreas de
control prioritario seguirán siendo el tráfico ilícito de cocaína procedente de Sudamérica y
el Caribe, así como el hachís procedente del norte de África y el cultivo y tráfico ilegal de
la planta del cannabis y sus productos derivados como la marihuana. Para ello, se
considera vital la utilización activa de plataformas de cooperación e intercambio de
información como las de Europol, Frontex, MAOC, MARINFO y la Organización Mundial
de Aduanas.
Se considera prioritaria la actuación en la zona del Campo de Gibraltar, en la que se
desarrollarán actuaciones operativas en coordinación con el resto de autoridades
policiales y judiciales, en aplicación del Plan Especial del Campo de Gibraltar, con
especial atención a las investigaciones patrimoniales y blanqueo de capitales. Además,
se prestará especial atención a las provincias limítrofes debido al desplazamiento de las
actividades contrabandistas de las organizaciones criminales por la presión ejercida en
esta zona prioritaria.

cve: BOE-A-2023-5080
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Núm. 49