I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Control tributario y aduanero. (BOE-A-2023-5080)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 28969

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
5080

Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices
generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria)
tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero,
desempeñando una importante labor para contribuir a la consolidación de las cuentas
públicas, y conseguir los recursos necesarios con los que financiar los servicios públicos.
Para ello, la Agencia Tributaria tiene establecidos como objetivos estratégicos
fundamentales y permanentes desde su creación tanto la prevención como la lucha
contra el fraude fiscal.
El Plan Estratégico 2020-2023 recoge la orientación de la actuación de la Agencia
Tributaria en esos años y constituye, dada su visión global y su carácter plurianual, el
instrumento central de planificación. Está prevista la aprobación de una Adenda al Plan
Estratégico 2020-2023 que recoja una actualización del mismo para el año 2023.
Por ello, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero desglosa las actuaciones a
llevar a cabo por la organización en el ejercicio 2023 en línea con lo establecido en el
Plan Estratégico y sus Adendas.
Estas directrices siguen la misma estructura que otro de los instrumentos de
planificación de la Agencia Tributaria como es el Plan de Objetivos anual y giran en torno
a cinco grandes pilares:

La primera de las novedades que destaca de las Directrices de 2023 es la
implantación de un nuevo modelo de información y asistencia, que integra todos los
canales existentes mediante la vertebración de una coordinación entre los servicios de
asistencia presenciales y telefónicos, diseminados por todo el territorio nacional, con las
Administraciones de asistencia Digital Integral, que pasan a prestar, no únicamente
asistencia digital a los contribuyentes, sino también a los propios compañeros en las
labores de asistencia que les demanden, manteniendo así una permanente conexión con
estos, y consiguiendo homogeneidad en cuanto a protocolos de actuación y criterios.
La finalidad del modelo es que la mayoría de los servicios se presten en todos los
canales, de manera que sea el ciudadano el que decida cómo quiere o necesita ser
atendido, empatizando por tanto con la situación particular del contribuyente, facilitando y
simplificando el acceso a los servicios de la Agencia Tributaria, en la medida en que el
tipo de servicio y los recursos disponibles lo permitan.
En segundo lugar, otra de las novedades que se implantará en el ejercicio 2023
afecta al régimen sancionador en el ámbito de la gestión tributaria. En la imposición de
sanciones tributarias se establecerán criterios sancionadores de manera que se
incorpore como elemento relevante el historial de cumplimiento e incumplimiento del
contribuyente en la evaluación de la existencia del elemento subjetivo en determinados
tipos de conductas, especialmente en aquellos casos de presentación de

cve: BOE-A-2023-5080
Verificable en https://www.boe.es

− Información y asistencia.
− Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y
prevención del fraude.
− La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y
aduanero.
− El control del fraude en fase recaudatoria.
− La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las
Comunidades Autónomas.