III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-5219)
Resolución 420/38076/2023, de 17 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para la realización de actividades docentes, de investigación, de desarrollo tecnológico y culturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 29429
Tercera. Participación de otras entidades.
Este convenio marco está abierto a otros organismos del MINISDEF que pudieran
estar interesados en las actividades de colaboración. La gestión de estas relaciones se
llevará a cabo a través de la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en la cláusula
quinta.
Podrán colaborar, asimismo, otras entidades públicas y privadas interesadas en
promover los objetivos de este convenio marco.
La adhesión de nuevos firmantes se realizará mediante el modelo de acto de
adhesión que se prevé en el anexo a este convenio marco.
Cuarta. Compromisos económicos.
La colaboración objeto de este convenio marco se realiza sin contraprestación
económica alguna. No obstante, será a través del correspondiente convenio específico
donde se concreten los compromisos económicos que asumen las partes.
Quinta.
Medidas de seguimiento, vigilancia y control.
Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento (COMIX), mecanismo de
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio marco y de los
compromisos adquiridos por las partes, que estará compuesta por:
a) El Rector de la Universidad, o persona en quien delegue, y la Vicerrectora de
Internacionalización, o persona en quien delegue.
b) El General Director de Enseñanza del Ejército del Aire y del Espacio, o persona
en quien delegue, y un oficial a designar por el citado director.
c) Una persona por cada entidad que se adhiera al convenio marco.
– Establecer anualmente el contenido de la cooperación.
– Velar por su estricto cumplimiento, analizar las actuaciones llevadas a cabo por
ambas partes y los objetivos alcanzados.
– Revisar los términos del convenio y proponer modificaciones al mismo, que serán
incorporados en forma de adenda tras su aprobación por ambas partes.
cve: BOE-A-2023-5219
Verificable en https://www.boe.es
Las funciones que desempeñará esta COMIX serán las de resolver los problemas de
interpretación y cumplimiento del convenio marco. La periodicidad de las reuniones será
semestral, preferiblemente en los meses de abril y octubre de cada año y aprobará la
memoria de actividades del año anterior (abril) y el plan de actuaciones para el año
siguiente (octubre). Para el funcionamiento de la Cátedra, se designarán dos Directores,
uno propuesto por la Universidad de Sevilla, que será un Profesor doctor con vinculación
permanente a esa Universidad y otro, propuesto por el EA, preferentemente con
titulaciones de grado y postgrado cursados en esa Universidad.
La Presidencia de la comisión será anual y rotatoria entre ambas partes,
correspondiendo el primer turno al MINISDEF. Las decisiones de la comisión se
adoptarán por unanimidad.
La comisión se reunirá regularmente con una periodicidad semestral. No obstante, el
Presidente de la comisión, por propia iniciativa o a petición de cualquiera de las partes,
podrá convocar las reuniones extraordinarias que considere oportunas para tratar
aquellos asuntos que, por su importancia, urgencia y necesidad de resolución, así lo
requieran. Asimismo, a instancia de alguna de las partes, podrá convocarse a expertos
para informar o aclarar sobre determinadas materias de interés.
La comisión tendrá los siguientes cometidos:
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 29429
Tercera. Participación de otras entidades.
Este convenio marco está abierto a otros organismos del MINISDEF que pudieran
estar interesados en las actividades de colaboración. La gestión de estas relaciones se
llevará a cabo a través de la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en la cláusula
quinta.
Podrán colaborar, asimismo, otras entidades públicas y privadas interesadas en
promover los objetivos de este convenio marco.
La adhesión de nuevos firmantes se realizará mediante el modelo de acto de
adhesión que se prevé en el anexo a este convenio marco.
Cuarta. Compromisos económicos.
La colaboración objeto de este convenio marco se realiza sin contraprestación
económica alguna. No obstante, será a través del correspondiente convenio específico
donde se concreten los compromisos económicos que asumen las partes.
Quinta.
Medidas de seguimiento, vigilancia y control.
Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento (COMIX), mecanismo de
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio marco y de los
compromisos adquiridos por las partes, que estará compuesta por:
a) El Rector de la Universidad, o persona en quien delegue, y la Vicerrectora de
Internacionalización, o persona en quien delegue.
b) El General Director de Enseñanza del Ejército del Aire y del Espacio, o persona
en quien delegue, y un oficial a designar por el citado director.
c) Una persona por cada entidad que se adhiera al convenio marco.
– Establecer anualmente el contenido de la cooperación.
– Velar por su estricto cumplimiento, analizar las actuaciones llevadas a cabo por
ambas partes y los objetivos alcanzados.
– Revisar los términos del convenio y proponer modificaciones al mismo, que serán
incorporados en forma de adenda tras su aprobación por ambas partes.
cve: BOE-A-2023-5219
Verificable en https://www.boe.es
Las funciones que desempeñará esta COMIX serán las de resolver los problemas de
interpretación y cumplimiento del convenio marco. La periodicidad de las reuniones será
semestral, preferiblemente en los meses de abril y octubre de cada año y aprobará la
memoria de actividades del año anterior (abril) y el plan de actuaciones para el año
siguiente (octubre). Para el funcionamiento de la Cátedra, se designarán dos Directores,
uno propuesto por la Universidad de Sevilla, que será un Profesor doctor con vinculación
permanente a esa Universidad y otro, propuesto por el EA, preferentemente con
titulaciones de grado y postgrado cursados en esa Universidad.
La Presidencia de la comisión será anual y rotatoria entre ambas partes,
correspondiendo el primer turno al MINISDEF. Las decisiones de la comisión se
adoptarán por unanimidad.
La comisión se reunirá regularmente con una periodicidad semestral. No obstante, el
Presidente de la comisión, por propia iniciativa o a petición de cualquiera de las partes,
podrá convocar las reuniones extraordinarias que considere oportunas para tratar
aquellos asuntos que, por su importancia, urgencia y necesidad de resolución, así lo
requieran. Asimismo, a instancia de alguna de las partes, podrá convocarse a expertos
para informar o aclarar sobre determinadas materias de interés.
La comisión tendrá los siguientes cometidos: