III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5249)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Construcción de una instalación náutico-deportiva en la dársena central de Pedreña, Puerto de Santander".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 29652

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, según
los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
a. Características del proyecto. La nueva dársena tiene capacidad para cuarenta y
siete nuevos amarres de 10 m y ocupa una parcela de superficie intermareal de
aproximadamente 50 x 150 m. Para dotarla de suficiente calado se procedería al dragado
de aproximadamente 12.482 m3 de material, hasta la cota -1,0 m, extrayendo dos tipos
de materiales: 2.482 m3 de fangos y arenas que se verterán al vaciadero marino situado
frente al cabo de Ajo, y de uso habitual en estos casos, y 10.000 m3 de material rocoso
mediante la utilización de martillo hidráulico y retroexcavadora.
Está prevista la construcción de muelles y muros de 5 metros de altura de escollera
hormigonada para delimitar la dársena y el relleno del trasdós con material procedente
de voladura y/o material extraído en el dragado.
El documento ambiental identifica las siguientes actividades susceptibles de producir
afecciones durante la fase de obra:
1. Las demoliciones de las obras de fábrica y construcciones que no pueden ser
aprovechadas y que obstaculizan la ejecución de las obras. En este aspecto, el
documento ambiental no identifica cuales son los elementos a demoler.
2. Las excavaciones y los dragados para las cimentaciones y la obtención de los
calados necesarios. El documento ambiental cifra en aproximadamente 12.482 m3 el
material a dragar de los que unos 8.000 m3 de material rocoso, serán reutilizados como
relleno en la propia obra, 2.000 m3 de material rocoso sobrante serán depositados en
vertederos de inertes en tierra, y el resto será vertido en alta mar.
El promotor aporta la caracterización de los materiales de dragado de la fracción no
gruesa (inferior a 2 mm) en la que se concluye que el material analizado queda
clasificado en la categoría B según las «Directrices para la caracterización del material
dragado y su reubicación en aguas del dominio público marítimo-terrestre-2017» y
susceptible de vertido en alta mar.
En relación con la dinámica marina, el promotor hace referencia al estudio de
afecciones que realizó el Grupo de Ingeniería Oceanográfica y de Costas de la
Universidad de Cantabria (GIOC) para el proyecto anterior (resolución de 2010) según el
cual las obras no modifican el prisma de marea, por lo tanto, los flujos de agua se
mantienes constantes, con lo que la hidrodinámica de la bahía no se modifica por los
dragados de las obras. Es decir, a largo plazo no existen variaciones o efectos fuera de
la zona de las obras. Sin embargo, en la zona dragada hay una cierta disminución de
velocidades, lo que a largo plazo aumentará la tendencia a la sedimentación local en el
interior de la dársena.
De acuerdo con la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio
Climático de Cantabria la nueva dársena ocupa parte de la ZEC ES1300005 «Dunas del
Puntal y Estuario del Miera». El dragado de esta superficie supone a desaparición de la
zona como comunidad intermareal puesto que pasará a ser una superficie inundada
permanentemente que también puede conllevar afecciones sobre Zostera noltii.
3. La construcción de las zapatas y muros de escollera, así como la creación de un
nuevo paseo/muelle paralelo a la carretera existente. Estas construcciones posibilitarán
el acceso de vehículos a lo largo de toda la dársena y la creación de 48 plazas de
aparcamiento. Esta actividad afectará a la circulación en la carretera CA-141 dado que
para su realización es necesario trabajar en el límite de la citada carretera a lo largo
de 150 m.
4. La construcción de un edificio de 400 m2 destinado a oficinas, vestuarios,
almacén y una zona de restauración, puede suponer un impacto paisajístico sobre la
citada ZEC.

cve: BOE-A-2023-5249
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Núm. 49