III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5247)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Pizarro Fase III", y su infraestructura de evacuación asociada, en la localidad de Aldeacentenera (Cáceres)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 29624

– Se delimitará la superficie a ocupar (plataformas, caminos a acondicionar, etc.) en
las áreas de vegetación de interés.
– La circulación de maquinaria y acopio de material se realizará siempre dentro de la
superficie delimitada.
– En caso de ser necesaria la corta de arbolado se procederá a su inventario para la
tramitación de solicitud de autorización y posterior propuesta de plantación
compensatoria.
– Restauración ambiental de los terrenos afectados por las obras
Además de las medidas anteriores, detalladas en el documento ambiental, el
promotor, tras el informe de la Dirección General de Sostenibilidad, en la documentación
remitida en noviembre de 2022, asume expresamente incluir en el proyecto las
siguientes medidas:
– Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las tareas
de restauración de las superficies alteradas, que se llevarán a cabo paralelamente
durante la fase de construcción. Se potenciará la recuperación de la vegetación natural
en interior del recinto mediante siembras de pastizales, con una mezcla de semillas
autóctonas de leguminosas y gramíneas como apoyo en las áreas deterioradas. Se
deben restituir las áreas alteradas, especialmente en zanjas o si se generan taludes o
cúmulos de tierra que, en este caso, no superarán nunca, la altura de las placas.
– El control de la vegetación natural se realizará mediante desbrozadora (fuera del
periodo reproductor de las aves), o pastoreo (la altura de los paneles debe permitirlo),
priorizando siempre que sea posible el pastoreo sin sobrepasar las 0,2 UGM/ha. No se
utilizarán herbicidas.
Efectos sobre la fauna. Durante la fase de construcción se puede producir afección a
la fauna como consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats
por la ocupación de suelo. Asimismo, también se pueden producir molestias por mayor
presencia humana y movimiento de maquinaria.
Durante la fase de explotación, los principales impactos considerados son la pérdida
de hábitat de las especies presentes por ocupación de la planta y el efecto barrera
ocasionado por presencia de la planta y el vallado perimetral.
El promotor ha realizado censos de avifauna (observación directa de esteparias,
acuáticas, rapaces y necrófagas), reptiles (recorridos en zonas húmedas, pastizal de
secano y zonas rocosas), anfibios (muestreos puntos de agua, transectos nocturnos y
censo de coros nocturnos) y mamíferos (observación directa y rastros).
Las principales medidas preventivas y correctoras para la fauna previstas por el
promotor son:
– El calendario de ejecución tendrá que ajustarse a la fenología de la fauna: No se
realizarán trabajos nocturnos y se temporalizarán los trabajos al ciclo biológico de
avifauna de interés.
– El vallado cumplirá las especificaciones incluidas en el Decreto 226/2013, de 3 de
diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y
reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
– Se evitará la circulación de personas y vehículos más allá de los sectores
estrictamente necesarios dentro de la obra.
– Medidas de minimización de la contaminación acústica.
– Con objeto de proteger las poblaciones de odonatos, se cumplirán todas aquellas
medidas encaminadas a la preservación de la calidad del agua y la protección de la
vegetación de sus márgenes en los cauces presentes, tanto en los catalogados por el
órgano de cuenca como en aquellas pequeñas charcas que, aunque de pequeña
entidad, hayan sido excluidas de la implantación.

cve: BOE-A-2023-5247
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Núm. 49