III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-5242)
Resolución de 2 de enero de 2023, de Puertos del Estado, por la que se publica el Convenio con el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, para el desarrollo de la actuación del "Ramal de acceso al Bajo de la Cabezuela. Línea Sevilla-Cádiz".
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 29563
queda sujeto a lo dispuesto en el Real Decreto 707/2015, de 24 de julio, por el que se
regula el Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria.
La modificación de este convenio requerirá el acuerdo unánime de los firmantes y el
cumplimiento de los mismos requisitos estipulados para su firma.
Décima.
Resolución de conflictos.
El conocimiento de cualquier divergencia, desavenencia o disputa que surja entre las
partes con motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento de lo previsto en el
convenio será resuelto por la Comisión de Seguimiento.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, ejecución y
cumplimiento del presente convenio se someterán al conocimiento y competencia del
Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.
cve: BOE-A-2023-5242
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las dos partes
firman electrónicamente a un solo efecto.–Por Puertos del Estado, Álvaro Rodríguez
Dapena, Presidente.–Por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, María Luisa
Domínguez González, Presidenta.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 29563
queda sujeto a lo dispuesto en el Real Decreto 707/2015, de 24 de julio, por el que se
regula el Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria.
La modificación de este convenio requerirá el acuerdo unánime de los firmantes y el
cumplimiento de los mismos requisitos estipulados para su firma.
Décima.
Resolución de conflictos.
El conocimiento de cualquier divergencia, desavenencia o disputa que surja entre las
partes con motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento de lo previsto en el
convenio será resuelto por la Comisión de Seguimiento.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, ejecución y
cumplimiento del presente convenio se someterán al conocimiento y competencia del
Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.
cve: BOE-A-2023-5242
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las dos partes
firman electrónicamente a un solo efecto.–Por Puertos del Estado, Álvaro Rodríguez
Dapena, Presidente.–Por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, María Luisa
Domínguez González, Presidenta.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X