III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-5241)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la primera Adenda de modificación del Convenio con el Consorcio de la Zona Franca y la Autoridad Portuaria de Barcelona, para la mejora y mantenimiento de la infraestructura ferroviaria y los elementos de seguridad, así como la explotación del ramal ferroviario de la C/4 del Consorcio de la Zona Franca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 29553
Tercera. Modificación del Anexo II. Memoria valorada de las actuaciones a realizar por
el ADIF en la infraestructura ferroviaria de la C/4.
Se modifica el Anexo II «Memoria valorada de las actuaciones a realizar por el ADIF
en la infraestructura ferroviaria de la C/4, incluido en el convenio, que en su página
número 12, correspondiente al presupuesto queda redactado como sigue:
«Presupuesto:
El presupuesto estimado de la actuación sin IVA es el siguiente:
− Actuaciones de infraestructura y vía en trabajos por contrata: 2.000.000,00
euros.
− Actuaciones de instalaciones de seguridad en calle 4 y puerto: 350.000,00
euros.
− Actuaciones de instalaciones de seguridad en la estación de Can Tunis:
800.000,00 euros.
− Suma de las actuaciones: 3.150.000,00 euros (sin IVA).
− Suministro de materiales de vía: 3.304.576,93 euros.
Total: 6.454.576,93 euros (sin IVA).
Partida opcional:
– Instalación de controlador de bloqueo en la zona portuaria para establecer
bloqueo o relación de itinerario con colateral (Can Tunis): 100.000,00 euros (esta
partida es opcional ya que son posibles otras alternativas, aunque no dispondrían
de nivel de seguridad SIL 4).»
Cuarta.
Efectos de la Adenda.
La presente Adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo el mismo plena
validez y eficacia desde el momento de su inscripción en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, debiendo
asimismo ser publicado, en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, en el
«Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín
Oficial de la Comunidad Autónoma de Cataluña»; todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
cve: BOE-A-2023-5241
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.–Por el Administrador
de Infraestructuras Ferroviarias, María Luisa Domínguez González, firmado
electrónicamente con fecha 15 de diciembre de 2022.–Por la Autoridad Portuaria de
Barcelona, Damià Calvet i Valera, firmado electrónicamente con fecha 1 de diciembre
de 2022.–Por el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, Pere Navarro i Morera,
firmado electrónicamente con fecha 12 de diciembre de 2022.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 29553
Tercera. Modificación del Anexo II. Memoria valorada de las actuaciones a realizar por
el ADIF en la infraestructura ferroviaria de la C/4.
Se modifica el Anexo II «Memoria valorada de las actuaciones a realizar por el ADIF
en la infraestructura ferroviaria de la C/4, incluido en el convenio, que en su página
número 12, correspondiente al presupuesto queda redactado como sigue:
«Presupuesto:
El presupuesto estimado de la actuación sin IVA es el siguiente:
− Actuaciones de infraestructura y vía en trabajos por contrata: 2.000.000,00
euros.
− Actuaciones de instalaciones de seguridad en calle 4 y puerto: 350.000,00
euros.
− Actuaciones de instalaciones de seguridad en la estación de Can Tunis:
800.000,00 euros.
− Suma de las actuaciones: 3.150.000,00 euros (sin IVA).
− Suministro de materiales de vía: 3.304.576,93 euros.
Total: 6.454.576,93 euros (sin IVA).
Partida opcional:
– Instalación de controlador de bloqueo en la zona portuaria para establecer
bloqueo o relación de itinerario con colateral (Can Tunis): 100.000,00 euros (esta
partida es opcional ya que son posibles otras alternativas, aunque no dispondrían
de nivel de seguridad SIL 4).»
Cuarta.
Efectos de la Adenda.
La presente Adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo el mismo plena
validez y eficacia desde el momento de su inscripción en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, debiendo
asimismo ser publicado, en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, en el
«Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín
Oficial de la Comunidad Autónoma de Cataluña»; todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
cve: BOE-A-2023-5241
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.–Por el Administrador
de Infraestructuras Ferroviarias, María Luisa Domínguez González, firmado
electrónicamente con fecha 15 de diciembre de 2022.–Por la Autoridad Portuaria de
Barcelona, Damià Calvet i Valera, firmado electrónicamente con fecha 1 de diciembre
de 2022.–Por el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, Pere Navarro i Morera,
firmado electrónicamente con fecha 12 de diciembre de 2022.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X