II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE IGUALDAD. Personal laboral. (BOE-A-2023-5105)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el procedimiento excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales G1 y G3 de Administración sujeto al Anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 29221

1.6 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hayan superado y acreditado cumplir
los requisitos exigidos, serán contratados con carácter fijo, hasta el límite máximo de
plazas convocadas.
2. Requisitos de los candidatos
Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo, los siguientes
requisitos de participación:
2.1

Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus
descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Las personas extranjeras que, no estando incluida en los párrafos anteriores, se
encuentren con residencia legal en España.

3.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo dispondrán de un plazo de
veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.

cve: BOE-A-2023-5105
Verificable en https://www.boe.es

2.2 Edad: Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
ordinaria de jubilación.
2.3 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, alguno de los títulos que se indican
en el anexo II. En este proceso serán válidas tanto las titulaciones establecidas en el IV
Convenio único como las titulaciones que se requerían en el III Convenio único para las
categorías profesionales equivalentes.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito
no se aplicará a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
2.4 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas.
2.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaba como personal laboral.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.