I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Circulación. Medidas especiales. (BOE-A-2023-5029)
Resolución INT/4023/2022, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Resolución INT/956/2022, de 4 de abril, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Sábado 25 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 28635

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
5029

Resolución INT/4023/2022, de 19 de diciembre, por la que se modifica la
Resolución INT/956/2022, de 4 de abril, por la que se establecen las
restricciones a la circulación durante el año 2022.

El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior, de
acuerdo con lo que dispone el artículo 1.2 del Decreto 320/2011, de 19 de abril, de
reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros
órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías
interurbanas y en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias
para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.
Mediante la Resolución INT/956/2022, de 4 de abril (DOGC núm. 8643, de 7.4.2022),
se establecieron las restricciones a la circulación durante el año 2022.
En el anexo B de la citada Resolución consta, por error, la restricción establecida
para horarios de retorno para el día 8 de diciembre, cuando esta restricción debería
referirse al día 11 de diciembre.
Por todo ello, de acuerdo con lo que establece el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24
de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, en uso de las atribuciones que
me confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de
delegación de competencias del consejero de Interior en varios órganos del
Departamento, procede modificar dicho error.
En consecuencia, resuelvo:
Modificar el anexo B de la Resolución INT/956/2022, de 4 de abril, por la que se
establecen las restricciones a la circulación durante el año 2022, en el sentido de
sustituir la fecha de aplicación de la restricción establecida para el día 8 de diciembre
de 2022 por la fecha del 11 de diciembre de 2022.
Por este motivo, la restricción que constaba aplicable al jueves día 8 de diciembre
de 2022 es aplicable al domingo día 11 de diciembre de 2022, con los datos que se
especifican en la siguiente tabla:
PK inicial

Localización inicial

PK final

Localización final

«AP-7

84,5

Maçanet de la Selva.

281,0

L'Hospitalet de l'Infant.

Ambos.

BCN, GIR, TGN

17-22

A-2

520,0

Cervera.

609,0

Cornellà.

Barcelona.

BCN, LLE

17-22

C-31

135,0

El Vendrell (enlace N-340).

176,0

Garraf (enlace C-32).

Ambos.

BCN, TGN

17-22

C-32

0

El Vendrell (enlace AP-7).

63

Barcelona.

Ambos.

BCN, TGN

17-22

A-7

1.121,6

Vandellòs.

Barcelona.

BCN, TGN

17-22

B-23

0,0

Barcelona.

15,0

El Papiol.

Ambos.

BCN

17-22

C-32

85,0

Montgat.

131,0

Palafolls.

Ambos.

BCN

17-22.»

1.171,0 Altafulla.

Sentido

Demarcación

Domingo 11/12

Barcelona, 19 de diciembre de 2022.–El Consejero de Interior, P. D. (Resolución
INT/741/2011, de 17 de marzo), el Director del Servicio Catalán de Tráfico, Ramon
Lamiel Villaró.

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