III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-5056)
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de actualización de la tabla salarial y de modificación del VI Convenio colectivo nacional taurino.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 28813
En novilladas sin picar (obligatorio cuando se lidian 3 o más reses)
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
Todos los grupos
1.ª
176
Resto
169
En festivales picados con matadores y rejoneadores
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
300
2.ª
226
3.ª y 4.ª
181
En festivales picados con novilleros
Categoría plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
300
2.ª
217
3.ª y 4.ª
181
En festivales sin picar con matadores y rejoneadores
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
258
2.ª
193
3.ª y 4.ª
155
Puntilleros
Con matadores de toros en corridas de toros
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª y 2.ª
132
3.ª y 4.ª
103
cve: BOE-A-2023-5056
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 48
Sábado 25 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 28813
En novilladas sin picar (obligatorio cuando se lidian 3 o más reses)
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
Todos los grupos
1.ª
176
Resto
169
En festivales picados con matadores y rejoneadores
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
300
2.ª
226
3.ª y 4.ª
181
En festivales picados con novilleros
Categoría plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
300
2.ª
217
3.ª y 4.ª
181
En festivales sin picar con matadores y rejoneadores
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
258
2.ª
193
3.ª y 4.ª
155
Puntilleros
Con matadores de toros en corridas de toros
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª y 2.ª
132
3.ª y 4.ª
103
cve: BOE-A-2023-5056
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 48