III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-5056)
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de actualización de la tabla salarial y de modificación del VI Convenio colectivo nacional taurino.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 28809
En festivales picados con matadores y rejoneadores
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
717
2.ª
556
3.ª y 4.ª
474
En festivales picados con novilleros
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
717
2.ª
535
3.ª y 4.ª
474
En los festejos de un matador con seis reses, intervendrá un único mozo de
espadas y su salario será el doble de lo estipulado en el festejo que
corresponda, y tres ayudantes.
En festivales sin picar con matadores y rejoneadores
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
613
2.ª
458
3.ª y 4.ª
370
En festivales sin picar con novilleros
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
613
2.ª
440
3.ª y 4.ª
370
En becerradas
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
366
2.ª
309
3.ª y 4.ª
269
cve: BOE-A-2023-5056
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 48
Sábado 25 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 28809
En festivales picados con matadores y rejoneadores
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
717
2.ª
556
3.ª y 4.ª
474
En festivales picados con novilleros
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
717
2.ª
535
3.ª y 4.ª
474
En los festejos de un matador con seis reses, intervendrá un único mozo de
espadas y su salario será el doble de lo estipulado en el festejo que
corresponda, y tres ayudantes.
En festivales sin picar con matadores y rejoneadores
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
613
2.ª
458
3.ª y 4.ª
370
En festivales sin picar con novilleros
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
613
2.ª
440
3.ª y 4.ª
370
En becerradas
Categoría de plaza
Sueldo bruto
–
Euros
1.ª
366
2.ª
309
3.ª y 4.ª
269
cve: BOE-A-2023-5056
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Núm. 48