II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2023-4956)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 27956
8. La segunda fase del concurso del proceso selectivo se celebrará en la localidad,
lugar, fecha y hora que se explicitarán en las resoluciones por la que se publican las
relaciones de personas candidatas que superen la primera fase del concurso.
9. La segunda fase del concurso, tiene por objeto comprobar la adecuación de los
méritos, competencias y capacidades de las personas aspirantes con las características
y funciones de la plaza por la que participa y consistirá en la exposición oral y pública por
la persona aspirante, durante un tiempo máximo de 30 minutos, de su visión acerca del
estado actual de las líneas de investigación más relacionadas con las actividades de
colaboración científica desempeñadas como Técnico Superior Especializado de los
Organismos Públicos de Investigación, como Científico Superior de la Defensa, como
funcionario de carrera de los cuerpos docentes universitarios, como personal
investigador contratado como personal laboral fijo o bajo la modalidad de investigador/a
distinguido/a por los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General
del Estado, así como personal investigador contratado como personal laboral fijo por las
Universidades públicas y de la actividad que prevé desarrollar la persona candidata en
relación con ellas. Seguidamente, el tribunal debatirá con la persona aspirante, durante
un tiempo máximo de una hora, acerca de los contenidos científicos y tecnológicos
expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes, en relación al tema y
se valorará su conocimiento del perfil científico y de las innovaciones y avances
científicos y tecnológicos que haya experimentado, así como su visión de la evolución
del área en el futuro y de las líneas de investigación posibles, según el siguiente baremo:
a) Su conocimiento y visión de la evolución del perfil científico o tecnológico
(máximo 4 puntos).
b) La contribución de la persona aspirante al avance del conocimiento. El grado de
innovación, originalidad y viabilidad de las líneas de investigación a desarrollar
(máximo 6 puntos).
Esta segunda fase tendrá una valoración máxima de 10 puntos. La calificación de las
personas aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes apartados del
baremo de esta segunda fase del concurso se hará mediante deliberación conjunta de
los miembros de los correspondientes tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar
a cada persona aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado.
Dichas calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros de los
tribunales mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la
valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de
justificación se unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
La puntuación final de cada persona aspirante en esta segunda fase del concurso
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los
apartados de este anexo, siendo necesario alcanzar 5 puntos, como mínimo, para
superar esta segunda fase.
10. La puntuación final del concurso será la suma de las puntuaciones parciales
obtenidas en cada fase, siendo preciso para superar el proceso selectivo obtener un total
de 20 puntos.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la primera fase de concurso.
2.º Mayor puntuación obtenida en esa primera fase de concurso en el apartado a),
b) y c) valorados sucesivamente en el orden indicado.
3.º Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del concurso en los apartados a)
y b) valorados sucesivamente en el orden indicado.
cve: BOE-A-2023-4956
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 27956
8. La segunda fase del concurso del proceso selectivo se celebrará en la localidad,
lugar, fecha y hora que se explicitarán en las resoluciones por la que se publican las
relaciones de personas candidatas que superen la primera fase del concurso.
9. La segunda fase del concurso, tiene por objeto comprobar la adecuación de los
méritos, competencias y capacidades de las personas aspirantes con las características
y funciones de la plaza por la que participa y consistirá en la exposición oral y pública por
la persona aspirante, durante un tiempo máximo de 30 minutos, de su visión acerca del
estado actual de las líneas de investigación más relacionadas con las actividades de
colaboración científica desempeñadas como Técnico Superior Especializado de los
Organismos Públicos de Investigación, como Científico Superior de la Defensa, como
funcionario de carrera de los cuerpos docentes universitarios, como personal
investigador contratado como personal laboral fijo o bajo la modalidad de investigador/a
distinguido/a por los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General
del Estado, así como personal investigador contratado como personal laboral fijo por las
Universidades públicas y de la actividad que prevé desarrollar la persona candidata en
relación con ellas. Seguidamente, el tribunal debatirá con la persona aspirante, durante
un tiempo máximo de una hora, acerca de los contenidos científicos y tecnológicos
expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes, en relación al tema y
se valorará su conocimiento del perfil científico y de las innovaciones y avances
científicos y tecnológicos que haya experimentado, así como su visión de la evolución
del área en el futuro y de las líneas de investigación posibles, según el siguiente baremo:
a) Su conocimiento y visión de la evolución del perfil científico o tecnológico
(máximo 4 puntos).
b) La contribución de la persona aspirante al avance del conocimiento. El grado de
innovación, originalidad y viabilidad de las líneas de investigación a desarrollar
(máximo 6 puntos).
Esta segunda fase tendrá una valoración máxima de 10 puntos. La calificación de las
personas aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes apartados del
baremo de esta segunda fase del concurso se hará mediante deliberación conjunta de
los miembros de los correspondientes tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar
a cada persona aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado.
Dichas calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros de los
tribunales mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la
valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de
justificación se unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
La puntuación final de cada persona aspirante en esta segunda fase del concurso
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los
apartados de este anexo, siendo necesario alcanzar 5 puntos, como mínimo, para
superar esta segunda fase.
10. La puntuación final del concurso será la suma de las puntuaciones parciales
obtenidas en cada fase, siendo preciso para superar el proceso selectivo obtener un total
de 20 puntos.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la primera fase de concurso.
2.º Mayor puntuación obtenida en esa primera fase de concurso en el apartado a),
b) y c) valorados sucesivamente en el orden indicado.
3.º Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del concurso en los apartados a)
y b) valorados sucesivamente en el orden indicado.
cve: BOE-A-2023-4956
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 47