II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2023-4960)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 28062
una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya
sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección
http://administración.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición
expresa de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición
mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones
Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge de la persona fallecida y los hijos de las personas
heridas o fallecidas.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del
plazo de presentación de instancias de participación. En caso contrario se procederá a la
exclusión de la persona aspirante, siendo estos casos subsanables en el plazo que se
concede para la rectificación de errores.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la instancia de participación
en el proceso selectivo.
5.
Tribunales
5.1 Los tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como
anexo II de esta convocatoria.
5.2 Los tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española,
velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
Corresponderán a los tribunales la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los tribunales en función del
Organismo al que se encuentren adscritas las plazas convocadas, tendrán su sede en:
– Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas. C/ Serrano, 117.
28006 Madrid. Teléfonos: 915681832, 915681834 y 915681835. Correo electrónico:
sspf@csic.es
– Instituto de Salud Carlos III. Avenida Monforte de Lemos, número 5,
28029
Madrid.
Teléfono:
918222746;
dirección
de
correo
electrónico:
personaloposiciones@isciii.es.
5.4 En la sesión de constitución de cada uno de los tribunales de la Agencia Estatal
Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), estos designarán, de entre los
vocales, un/a secretario/a titular y suplente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3,
apartado 14, del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado»
número 124, de 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el
año 2022, garantizando la paridad entre mujeres y hombres.
6. Desarrollo del proceso selectivo
Dentro de cada perfil científico, el orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primer apellido de la letra U, según lo establecido en la
cve: BOE-A-2023-4960
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 28062
una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya
sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección
http://administración.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición
expresa de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición
mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones
Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge de la persona fallecida y los hijos de las personas
heridas o fallecidas.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del
plazo de presentación de instancias de participación. En caso contrario se procederá a la
exclusión de la persona aspirante, siendo estos casos subsanables en el plazo que se
concede para la rectificación de errores.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la instancia de participación
en el proceso selectivo.
5.
Tribunales
5.1 Los tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como
anexo II de esta convocatoria.
5.2 Los tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española,
velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
Corresponderán a los tribunales la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los tribunales en función del
Organismo al que se encuentren adscritas las plazas convocadas, tendrán su sede en:
– Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas. C/ Serrano, 117.
28006 Madrid. Teléfonos: 915681832, 915681834 y 915681835. Correo electrónico:
sspf@csic.es
– Instituto de Salud Carlos III. Avenida Monforte de Lemos, número 5,
28029
Madrid.
Teléfono:
918222746;
dirección
de
correo
electrónico:
personaloposiciones@isciii.es.
5.4 En la sesión de constitución de cada uno de los tribunales de la Agencia Estatal
Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), estos designarán, de entre los
vocales, un/a secretario/a titular y suplente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3,
apartado 14, del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado»
número 124, de 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el
año 2022, garantizando la paridad entre mujeres y hombres.
6. Desarrollo del proceso selectivo
Dentro de cada perfil científico, el orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primer apellido de la letra U, según lo establecido en la
cve: BOE-A-2023-4960
Verificable en https://www.boe.es
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